El Concello de Cedeira compensará con 20.756 euros una caída en una acera

Bea Abelairas
Bea abelairas FERROL / LA VOZ

CEDEIRA

Imagen de archivo del juzgado de Ferrol
Imagen de archivo del juzgado de Ferrol JOSE PARDO

La mujer tropezó al cruzar por un paso con un bordillo más alto

01 ago 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

Un cambio en la jurisprudencia, hace poco más de un año, implica que cada vez se más complicado que los ayuntamientos se vean obligados a indemnizar a los peatones que se caen en una vía pública, incluso aunque la calle esté en mal estado o tenga baches profundos. Sin embargo, un juzgado de Ferrol acaba de estimar la reclamación de una mujer que se cayó al cruzar una céntrica calle en Cedeira y tropezó con el bordillo que estaba un poco más alto que la calzada.

La accidentada solicitaba una compensación de 30.4047,57 euros, pero le conceden 20.756, 61.

El fallo relata que la caída se produjo el 3 de septiembre del 2022 a las dos menos cuarto de la tarde, a plena luz del día de una jornada veraniega, cuando la «demandante al tratar de acceder a la acera después de cruzar la calzada tropieza con un resalte existente de modo que las losas se elevan del bordillo de la acera y no resulta del todo perceptible para quien tiene que atender al cruce de la calzada, los vehículos y demás circunstancias, además de al resto de las personas que se encontraban paseando por el lugar», que apuntan que era muchas.

Una testigo declaró que no presenció cómo se produjo la caída, pero vio manchas de sangre en el suelo cuando acudió a ayudar y recordó que «ese día había mucha afluencia de gente y que en ese lugar se había caído más viandantes con anterioridad».

En este caso la administración local no pudo justificar que en esa zona no se hubieran producido más accidentes de viandantes o «que no fuera conocedora de la diferencia de altura de las losas con el bordillo y el peligro que supone en este punto concreto próximo a un paso de cebra», detalla el fallo sobre un siniestro que causó daños importantes a la mujer y que le dejó secuelas. Eso sí, el Concello de Cedeira se opuso a la demanda alegando que no concurre la relación de «causalidad suficiente para declarar la responsabilidad patrimonial del concello» e invocó las siguientes razones: la caída se produce a plena luz del día y la irregularidad era visible para cualquier persona que debe adecuar su paso al estado de la calzada.

Los abogados del ayuntamiento cedeirés lograron al menos reducir la cuantía de la indemnización inicial, que se había calculado de acuerdo al baremo que se usa en los accidentes de tráfico. Hicieron valer que no se había probado el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, ya que no se aportó un informe pericial que acredite el perjuicio y por eso la indemnización no podría superar los 20.756,61 euros.