Una sala del Supremo rechaza suspender el parque eólico Moeche cinco días después que otros magistrados del alto tribunal lo paralizasen

MOECHE

El primer fallo fue dictado tras un recurso sobre la posible fragmentación irregular de la instalación, mientras que el segundo descartó su «irreversibilidad»
18 abr 2025 . Actualizado a las 19:37 h.La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dejó en suspenso el pasado día 2 de abril la autorización administrativa y de construcción del parque eólico Moeche, proyectado por Enel Green Power -la filial de renovables de Endesa- para los municipios de Moeche, San Sadurniño y As Somozas, tras estimar un recurso de la asociación ecologista Petón do Lobo. Cinco días después, otra sala del alto tribunal, desestimó la solicitud formulada por la sociedad agraria Panda y rechazó aplicar cautelares a este mismo proyecto.
No es la primera vez que se producen dos fallos opuestos sobre un mismo parque eólico gallego, incluso por los mismos magistrados. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) dictó medidas cautelares que dejaron en suspenso los permisos de los parques Campo das Rosas, de Naturgy, y O Cerqueiral, de Greenalia, y posteriormente rechazó las peticiones para aplicarlas por parte de otras entidades.
En el primer fallo, por el que se aplicaron medidas cautelares a la instalación, el Supremo estimó los argumentos de la entidad ecologista, que consideraba que se había producido una fragmentación irregular del parque y no se había evaluado los efectos sinérgicos con otros proyectos próximos. La compañía rechazó este extremo y afirmó que los riesgos se habían evaluado en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA). El Supremo entendió que ese análisis únicamente comprendía el aspecto del paisaje y añadió que «tampoco contiene con suficiente claridad referencias a los efectos sinérgicos cuestionados relativos a la proximidad con otros proyectos y parques».
Posteriormente, la Sociedad Agraria Panda, con sede en el municipio coruñés de As Somozas, presentó un recurso ante el alto tribunal para reclamar la paralización del recinto, de 50,4 megavatios de potencia. La entidad considera que el proyecto implica la construcción de un «macro parque eólico» que cercenaría el desarrollo futuro en las zonas afectadas, «en las que se generará una notable desinversión al tiempo que se alterarían sustancialmente las actividades del sector primario que, tradicionalmente, se localizan en los terrenos afectados y cuyo desarrollo deviene imposible». La sección tercera de la mencionada sala del Supremo sostiene que no concurren los presupuestos necesarios para dejar en suspenso las autorizaciones y reprocha a la sociedad recurrente que no haya acreditado los supuestos prejuicios a los que alude.
En este último dictamen, los magistrados descartan la «irreversibilidad» del proyecto, uno de los argumentos más utilizados en las solicitudes de medidas cautelares presentadas contra parques gallegos. Advierten de que «no deben desdeñarse los intereses económicos de la parte codemandada que podrían verse comprometidos» si se incumplen los plazos exigidos en las autorizaciones. Además, inciden en que «no puede ignorarse la relevancia de los intereses públicos inherentes a la instalación y explotación de parques eólicos, como instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, que son un elemento esencial de la lucha contra el cambio climático y para el cumplimiento por España de los compromisos internacionalmente adquiridos en la reducción de las emisiones de CO2 a la atmósfera».