El caso «Mar Egeo» está a punto de cerrarse 17 años después del siniestro

GALICIA

La Administración fue condenada a indemnizar a la mutua con 11,5 millones de dólares

07 mar 2010 . Actualizado a las 02:12 h.

El caso Mar Egeo aún no se ha cerrado 17 años después de que se produjera el accidente, pero está a punto. El último fleco judicial de este larguísimo procedimiento descansa sobre la ejecución de la última sentencia dictada respecto a este asunto, que obliga al Estado español a abonar 11,5 millones de dólares a la aseguradora de la carga por la pérdida de parte del cargamento de crudo.

Aunque aún no hay acuerdo entre las partes sobre los intereses a abonar, es más que posible que esta semana se pueda alcanzar un pacto sobre el tipo aplicable por la demora en el pago de la indemnización, una cuestión que, dependiendo del porcentaje, puede hacer variar sensiblemente la cifra final.

De momento, la Administración ha depositado estos días los 15,2 millones de euros que fueron aprobados el año pasado por el Consejo de Ministros, cuando el Gobierno tuvo que recurrir al Fondo de Contingencia para hacer frente a la sentencia. En concreto, es el Ministerio de Defensa el departamento demandado por la vía contencioso-administrativa, pues el práctico portuario que resultó condenado en el procedimiento penal dependía de la Administración militar en 1992, cuando ocurrió el accidente.

La sentencia que cierra esta secuela del caso matriz fue dictada por la Audiencia Nacional el 20 de septiembre del 2006 y recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, que el 22 de abril del 2009 dio la razón a la Audiencia al considerar que el Estado, como responsable civil subsidiario del delito de imprudencia temeraria cometido por el práctico del puerto de A Coruña, debería abonar a la antigua aseguradora Musini (hoy integrada en Mapfre) los 11,5 millones de dólares más los intereses producidos desde 1993. Fue en este año cuando la aseguradora compensó a Repsol por la carga perdida de forma efectiva, pues algo menos de la mitad del cargamento fue recuperado.

Tras esta decisión del Supremo, las complicaciones surgieron en la ejecución de la sentencia, pues las partes no se ponían de acuerdo en el tipo de cambio a aplicar al dólar ni tampoco en los intereses que deben abonarse.

En principio, la sentencia de la Audiencia Nacional deja un cierto espacio a la interpretación sobre este punto, aunque la aseguradora defendió en su momento que el tipo aplicable eran los holgados intereses de demora con los que se compensó a los afectados por el vertido, a los que el Estado tuvo que compensar con algo más de 60 millones de euros. A pesar de ser una culpa compartida con el capitán y la armadora, el Estado tendrá que pagar ahora al menos 15 millones más por este accidente.