Multas de hasta 600.000 euros para locales de ocio que rebasen su aforo

GALICIA

La Xunta aprueba el primer proyecto legislativo que regula los espectáculos y las aglomeraciones festivas en Galicia

31 oct 2013 . Actualizado a las 16:37 h.

El Consello de la Xunta aprobó este jueves el proyecto de Lei de Espectáculos Públicos e Actividades Recreativas, el primero que conoce la comunidad, que entre otras tipifica un régimen de sanciones ante posibles incumplimientos en los actos lúdicos, que pueden derivar en la imposición de multas de hasta 601.000 euros.

Esta multa es aplicable para las infracciones considerada muy graves, entre las que figuraría, por ejemplo, el incumplimiento de los niveles de aforo en un determinado local, la discriminación por razón «de raza, identidade de xénero, orientación sexual, relixión, opinión, discapacidade ou calquera outra condición» al ejercer el derecho de admisión, o permitir el acceso de menores de edad a un discoteca.

El proyecto normativa será remitido de inmediato al Parlamento para su tramitación, con la previsión de que entre en vigor en el 2014. El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, manifestó tras la reunión semanal del Consello que una de las finalidades del texto es intentar que en Galicia «non se propaguen determinadas prácticas» que se producen en otros lugares, en alusión velada al caso Madrid Arena

En cuando a la instrucción de los expedientes de sanción, los ayuntamientos serán los encargos de tramitar las sanciones considerasa leves o graves, mientras que la Xunta se reserva el derecho de tramitar directamente las de carácter muy grave.

De igual modo, en caso de que los concellos se inhiban de su responsabilidad para impulsar los expedientes sancionadores, la Xunta también podrá asumir la tramitación de las sanciones de carácter leve o grave.