«Prestige»: el crimen sin castigo

Pablo González
pablo gonzález REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

La ejemplaridad que se buscaba con la sentencia quedó reducida a una sensación de impunidad que puede influir en la seguridad marítima. Sigue aquí toda la información del caso

17 nov 2013 . Actualizado a las 14:21 h.

Uno de los peritos que asistió al juicio del Prestige, Juan Zamora Terrés, fue el único que lo dijo con claridad, con cierto atrevimiento incluso: le parecía una inutilidad que el accidente del Prestige petrolero acabara en proceso penal. Pensaba que podía solucionarse por la vía civil, civilizadamente, en definitiva, sin los exabruptos justicieros que conlleva querer meter a alguien en la cárcel. Quizás ahora, después de conocer la sentencia, muchos se pregunten si estaba en lo cierto, pues probablemente todos los afectados acabarán en otras jurisdicciones para reclamar sus derechos.

Había un síntoma en los días previos, en la espera para conocer la sentencia de la Audiencia de A Coruña. Los magistrados estaban preocupados por que la sentencia se entendiera. Esta pista era reveladora de lo que podía ser el fallo. Les preocupaba la reacción social, de ahí que los 263 folios estén repletos de concesiones al sentir mayoritario de aquellos días. No podemos condenarlos, vienen a decir, pero asumen que hubo «negligencias, incurias y modus operandi inaceptables». «Y si es verdad que se han demostrado infracciones administrativas y reglamentarias explicables pero a veces muy llamativas», no hay materia penal que valga.

Antecedentes

La posición de la Fiscalía al no acusar a López Sors fue determinante. Son explicaciones pedagógicas que evidentemente no han tenido efecto. Muy similares a las que utilizó la Fiscalía cuando decidió no acusar al ex director general de la Marina Mercante José Luis López Sors. El fiscal que llevó el caso, Álvaro García Ortiz, es el presidente de los fiscales progresistas a nivel nacional. Pocas dudas deberían albergarse de que esté sometido a poderes oscuros. De hecho, su estrategia procesal fue bendecida por la Fiscalía General del Estado cuando gobernaba el PSOE, por eso no se entienden algunas opiniones sobre la absolución del ex director general de la Marina Mercante desde las filas socialistas. La posición de la Fiscalía ha sido determinante en el desenlace. Si hubiera acusado a López Sors, la carga probatoria contra el Estado habría sido inversamente proporcional.

Efecto en la seguridad

La sentencia, ¿un salvoconducto para los piratas del mar? Aetinape, el colectivo que agrupa a los profesionales del mar, recordaba tras conocer la sentencia que el accidente del buque marcó un antes y un después en la navegación, con efectivas e importantes medidas de seguridad como la desaparición de los buques monocasco. Pero lamentaban que el fallo evidenciara «la impotencia española para incidir en las costumbres más perversas del transporte marítimo internacional: flotas basura, barcos subestándar, dumping social, banderas de conveniencia y estructura empresarial poco clara e irresponsable, aspectos que han confluido en el accidente». Sin embargo, los jueces adoptan una postura de incredulidad ante un reino del mar sin leyes. «Es imposible aceptar esa tesis tan sugestiva -dice la sentencia sobre los operadores marítimos «desaprensivos»-, salvo que las autoridades marítimas y las normas internacionales amparen esta clase de tráfico peligroso y de perfiles criminales, lo cual formalmente no puede aceptarse y materialmente parece inconcebible».

Lo cierto, sin embargo, es que la comunidad internacional ha practicado un peligroso dejemos hacer con el mundo marítimo y solo se actuó a golpe de accidentes. Mientras que Francia atacó las irregularidades empresariales de, por ejemplo, la clasificadora del Erika, en España se teme que la sentencia pueda ser vista como un peligroso salvoconducto para los «desaprensivos». El deseo de ejemplaridad que expresaron muchas partes en el macrojuicio se ha diluido.

El accidente

El siniestro no fue una casualidad, sino que tuvo una causalidad. La sentencia distingue el matiz entre la accidentalidad, la casualidad de un suceso y la causalidad un accidente. Lo del Prestige no fue casual. El dolo, la intencionalidad de provocar un daño que no ve en los acusados, sí lo observa en el armador. Pero el propietario del buque nunca fue localizado, ni siquiera identificado. La supuesta propietaria, Effie Coulouthros, fue citada -al menos aparentemente- para declarar como testigo en el juicio. Pero no compareció. La sentencia es clara al respecto. «A los propietarios les convenía un profesional de relativo bajo coste y en condiciones precarias de salud [Mangouras] como muestra de su desinterés por un buque que sabrían abocado a su pérdida o naufragio».

Los propietarios sabían que el Prestige contaba con muchos boletos para tener un accidente, según la Audiencia. Pero los magistrados lamentan que con el Código Penal aplicable en este caso no se pudiera analizar la responsabilidad penal de personas jurídicas como la empresa armadora del buque o de ABS (la firma que lo inspeccionó). El ordenamiento legal español sí permite ahora imputar a empresas, como hizo Francia en el Erika. Pero esta evidente mejora del andamiaje penal ha llegado muy tarde para el caso Prestige. De ahí que la Audiencia remita a los afectados a la jurisdicción civil para poder actuar contra la clasificadora y una empresa armadora escondida en multitud de microempresas pantalla. «El ánimo de lucro excesivo por parte de la entidad propietaria del buque», así lo define la sentencia, quedará sin castigo.

La instrucción judicial

Una investigación sobre la economía global sin que exista una justicia global. El sistema judicial español no ha sido capaz de localizar a los culpables de mantener ese tipo de barcos por los océanos del mundo. Tampoco contó con la colaboración efectiva de la Justicia griega. El Prestige fue un símbolo de la peor globalización, pero la Justicia no es global ni tiene visos de serlo. Ni siquiera se pudo practicar el embargo de 87 millones que decretó la jueza instructora en el 2005 sobre las cuentas y bienes del armador. Tampoco se pudo localizar al primer oficial, también acusado, el filipino Ireneo Maloto, «pese a facilitarse a la policía [Interpol] datos relativamente fiables sobre su paradero, obtenidos con un acceso elemental a Internet», se lamenta en el texto del fallo. Si a eso se añade que se abortó el intento de imputar a directivos de ABS, la consecuencia lógica es pensar que la sentencia es hija de una instrucción ineficaz, incapaz de llevar a los verdaderos responsables al banquillo.

El alejamiento

Una sentencia que confirma que el hundimiento era el objetivo. Para los magistrados, las tesis tan adheridas al subconsciente colectivo de que el Prestige tuvo un rumbo errático y que no se sabía qué hacer con el barco «parecen poco fiables, porque todo demuestra que el alejamiento trataba de evitar que el vertido afectase masiva y gravemente a nuestras costas». Los magistrados compraron con entusiasmo el argumento de los biólogos gubernamentales sobre la baja intensidad con la que se contaminó la costa gracias al alejamiento. Y cómo esto facilitó la recogida tanto en el mar como en la costa.

También se legitima que el hundimiento sea el objetivo de las autoridades marítimas, al considerar que, con el barco hundido, se esperaba que «acabase el vertido, sino por congelación del fuel, que no se produciría ni se produjo, al menos limitando la cantidad e intensidad del vertido y posibilitando la recuperación en el pecio del fuel, como así ocurrió». El tribunal obvia que la tradición marítima obliga primero a rescatar a las personas, pero después al buque y su carga. Optar por el hundimiento es además una operación gravosa si se quiere luego extraer el fuel. A España le costó 108 millones de euros y crear una tecnología ad hoc.

Es muy curioso que en los hechos probados se asuma que el Gobierno envió el barco rumbo noroeste, «hacia el temporal», pero apenas se insista después en los resultados de esta decisión, o en el eventual desentenderse de la situación por parte del Gobierno cuando deja en manos de los salvadores de Smit el destino del barco. Se acepta, por ejemplo, que desde que se hizo firme el remolque hasta que el buque se partió pasaron unas 115 horas «en las que recibió 37.600 a 46.000 golpes de mar». Pero no en las consecuencias de un viaje que, en realidad, no tenía ningún destino.