El TSXG ratifica una multa de 373.500 euros al rey de las orquestas gallegas por el IVA

GALICIA

La sanción tiene que ver con el impuesto de los ejercicios 2010 al 2012 con respecto a la orquesta Sintonía, de la que era titular al 50 %
09 oct 2020 . Actualizado a las 05:00 h.Pendiente de la sentencia de la Audiencia de Pontevedra en relación con los delitos de fraude fiscal que le imputa el fiscal y por los que pide 14 años, ayer trascendió un nuevo varapalo judicial para el que fue rey de las orquestas gallegas. Y es que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirmó la multa de 373.499,84 euros impuesta a Ángel Martínez Pérez, Lito, por la Dependencia Regional de Inspección, en relación con el IVA de los ejercicios del 2010 al 2012 con respecto a la orquesta Sintonía, de la que ostentaba el 50 % de su titularidad.
Al igual que ha venido ocurriendo en otras sentencias a orquestas y particulares a raíz de los registros en la sede social del Grupo Lito, el TSXG ha validado la prueba obtenida en esta inspección. Así, y pese a que esta misma prueba fue anulada en un procedimiento penal, el tribunal recuerda que aquella resolución puso de manifiesto «irregularidades -dende a óptica penal- para fundamentar a absolución dos acusados, sen que estes pronunciamentos predeterminen o resultado das inspeccións tributarias seguidas, nin tampouco, a sentenza contencioso-administrativa».
Otro argumento esgrimido por Martínez Pérez fue que la orquesta Sintonía no era una comunidad de bienes, de tal modo que existía «una relación laboral especial que vinculaba a los músicos con el organizador del espectáculo», por lo que el IVA no se devengó. Asimismo, insistió en que «en las verbenas gallegas, la figura del organizador corresponde a la comisión de fiestas».
Frente a esta tesis, los magistrados sostienen que la orquesta no es una mera «agrupación de músicos vinculados con el organizador del espectáculo mediante una relación laboral especial, sino una verdadera comunidad de bienes que ha venido desarrollando una actividad económica y una prestación de servicios, pese a lo cual, ha omitido el cumplimiento de sus obligaciones tributarias». Asimismo, se incide en que las comisiones de fiestas no «contratan a cada uno de los músicos, sino que lo hacen a través de la persona que representa a la orquesta».
El TSXG destaca que las inspecciones tributarias revelaron «ingresos, en cantidades importantes, sobre los que no se presentaba ninguna declaración tributaria y no se llevaba tampoco ninguna contabilidad».