De la cuenta bancaria al parentesco: los cuarenta datos que exigirá registrarse en un hotel

GALICIA

Clientes en la recepción de un hotel de Foz en una imagen de archivo
Clientes en la recepción de un hotel de Foz en una imagen de archivo PEPA LOSADA

El nuevo registro de viajeros impulsado por Interior empezaría a aplicarse en diciembre, con la oposición del sector; los cambios afectan también a agencias de viajes o empresas de alquiler de coches

02 oct 2024 . Actualizado a las 17:59 h.

Si alguna vez se le ha hecho larga la espera para hacer el check-in en un hotel, a partir de diciembre el proceso será algo más lento. Está previsto que el día 2 de ese mes deba comenzar a aplicarse el nuevo registro de viajeros exigido por el Ministerio del Interior, por razones de seguridad ciudadana, que casi multiplica por cuatro el número de datos que los alojamientos deben inscribir y comunicar a las autoridades.

La norma que se está aplicando ahora, del año 2003, requería unos 14 datos para el caso, por ejemplo, de un hotel: el establecimiento debía incluir su nombre, su NIF y la provincia y municipio en la que se encuentra; para los viajeros, había que pedir nombre, primer y segundo apellido, tipo y número de documento de identidad y fecha de expedición, sexo, fecha de nacimiento, país de nacionalidad y fecha de entrada. Ni rastro de datos económicos o de pago.

Esos requerimientos se multiplican hasta rondar los cuarenta datos con el real decreto aprobado en el 2021 y cuya aplicación se ha ido retrasando. Si no hay cambios, a partir de diciembre ese mismo hotel del ejemplo anterior tendrá que anotar, a mayores de lo ya dicho, la fecha de nacimiento del huésped, su lugar de residencia habitual, su teléfono fijo y móvil, su correo electrónico, o incluso el parentesco que une a un grupo de viajeros si alguno es menor de edad. Pero además, se registrarán datos de la transacción, como fecha y hora de entrada y salida, o la información del pago. Así, si se usa tarjeta de crédito, tendrá que identificarse el tipo, el número y su fecha de caducidad. Y si se hace una transferencia, debe registrarse el IBAN de la cuenta bancaria.

Información sensible

Tantos requisitos no convencen al sector del alojamiento, que lleva tiempo negociando con el Gobierno sobre estos cambios. «Son datos muy sensibles, que al cliente le puede chocar dar. ¿Por qué tiene un hotel que preguntarle por los datos de filiación de las personas que le acompañan?», argumenta César Sánchez-Ballesteros, presidente de la Federación Empresarial de Turismo y Hostelería de Pontevedra. Temen, incluso, que pedirlos sea anticonstitucional y que choque de frente con lo que se hace en el resto de Europa. «Hay países donde no se pide ni el DNI, y aquí se pedirá hasta la cuenta bancaria, no hay ninguna normativa comparable a esta en toda la UE», señala, augurando que esto podría acarrear problemas de competitividad internacional.

Además, el nuevo registro exige a los alojamientos una adaptación de sus sistemas y supone todo un reto técnico y administrativo, multiplicando las cargas y tiempos de trabajo burocrático. También para la Administración. De hecho, el Ministerio del Interior justificó la última prórroga a su aplicación —debía arrancar el 1 de octubre y se ha dilatado dos meses más— por motivos técnicos, relacionados con la interconexión y transmisión de datos a las policías autonómicas.

Agencias de viajes y alquiler de coches, también afectadas

El real decreto de la discordia no solo multiplica los requisitos del registro de viajeros. Además extiende esta obligación a negocios que antes no la tenían. Es el caso de operadores turísticos y agencias de viajes, que a partir de ahora tendrán que anotar y comunicar a las fuerzas de seguridad la misma información que hoteles, hostales, cámpings, a pesar de no ser destino final de sus clientes, si no intermediarios.

«Levamos xa anos pelexando por ser excluídos deste decreto. Ata o de agora, nós non tiñamos que proporcionar datos á policía, agás no marco dunha investigación concreta. Normalmente nós non temos acceso á maioría deses datos que se piden, os clientes, sobre todo estranxeiros, non nolos van dar. É un tema moi delicado. Ademais, vai supoñer un aumento de custes administrativos e de tempo inasumibles para moitas axencias pequenas», defiende Juan Rivadulla, secretario general de la Confederación Española de Agencias de Viaje.

Las empresas de alquiler de coches también tendrán que multiplicar los datos que exigen a sus clientes, y también quedarán sometidas al nuevo registro de viajeros las plataformas de reservas de alojamientos tipo Airbnb y los propios anfitriones que pongan sus viviendas particulares a disposición de los turistas. 

«Desde el sector tememos que estas medidas generen rechazo y problemas con los clientes y perjuicio económico para las empresas», indican desde el Clúster Turismo de Galicia, que agrupa a más de 7.000 empresas de la comunidad. Esta organización reclama una profunda revisión del decreto «porque triplica los datos que deben solicitar a los clientes, obliga a llevar un registro informático y exige a los prestadores del servicio garantizar la veracidad de los datos, además de solicitar determinada información que puede contravenir otras normas estatales y europeas».

Un Gran Hermano para turistas

De hecho, la prensa de algunos países, como Reino Unido o los Países Bajos, ya ha tildado el nuevo registro español de Gran Hermano para turistas, por verlo intrusivo para la privacidad. Pero el Ministerio del Interior, que en el texto del real decreto alega razones de seguridad ciudadana para su puesta en marcha, citando peligros como la actividad terrorista o el crimen organizado, defiende que la normativa no ha sido impugnada y que cuenta con un informe de la Agencia Española de Protección de Datos.

Este próximo viernes se celebrará una nueva reunión entre representantes del Gobierno central y el sector turístico para volver a tratar su adaptación a la nueva normativa. «Esperamos que se modifiquen las exigencias, pero si no es así, estamos preparados para ir a los tribunales españoles y europeos», advierte Sánchez-Ballesteros.

LOS DATOS DE REGISTRO QUE PIDE EL NUEVO DECRETO

DATOS DE LA EMPRESA ARRENDADORA

—Nombre o razón social del titular

— CIF o NIF

— Municipio

— Provincia

— Teléfono fijo y/o móvil

— Dirección de correo electrónico

— Web de la empresa

— Url para identificar el anuncio

DATOS DEL ESTABLECIMIENTO

— Tipo de establecimiento

— Denominación

— Dirección completa

— Código postal

— Localidad y provincia

DATOS DEL VIAJERO

— Nombre

— Primer apellido

— Segundo apellido

— Sexo

— Numero de documento de identidad

— Número de soporte del documento

— Tipo de documento (DNI, pasaporte, TIE)

— Nacionalidad

— Fecha de nacimiento

— Lugar de residencia habitual: dirección completa, localidad, país

— Teléfono fijo

— Teléfono móvil

— Correo electrónico

— Número de viajeros

— Relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad)

DATOS DE LA TRANSACCIÓN

·Datos del contrato:

— Número de referencia

— Fecha

— Firmas

·Datos de la ejecución del contrato:

— Fecha y hora entrada

— Fecha y hora de salida

·Datos del inmueble:

— Dirección completa

— Número habitaciones

— Conexión a Internet (sí/no)

·Datos del pago:

— Tipo (efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia...)

— Identificación del medio de pago: tipo de tarjeta y número, IBAN cuenta bancaria, solución de pago por móvil, otros

— Titular del medio

— Fecha de caducidad de la tarjeta

— Fecha del pago