Convocadas las ayudas para la compra de vivienda en Galicia, que podrán pedirse a partir del 27 de enero

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PEPA LOSADA

Incluyen tres modalidades: adquisición en municipios de 10.000 habitantes o menos, en cascos históricos o viviendas de protección autonómica

14 ene 2025 . Actualizado a las 13:20 h.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) ha convocado las ayudas del 2025 para la compra de vivienda en Galicia. Hay tres líneas que suman 3.850.000 euros de presupuesto: una para adquisición en municipios con población igual o inferior a los 10.000 habitantes, otra para cascos históricos, y una tercera para vivienda de protección autonómica.

En el primer caso, las subvenciones tendrán un máximo de 10.800 euros por vivienda. En el segundo supuesto, irán hasta los 12.800 euros si el comprador es una persona de menos de 36 años, y de 10.800 si supera esa edad, aunque el máximo puede subir a 15.000 euros si la vivienda está en una zona declarada Área Rexurbe.

En lo que toca a las ayudas para adquirir vivienda protegida, el importe de la ayuda dependerá del municipio en el que esté situada y de la edad del comprador, por lo que las cuantías máximas van desde los 12.000 hasta los 20.000 euros.

El plazo de presentación arrancará el próximo 27 de enero, y estará abierto hasta el 15 de octubre, salvo que se agote antes el crédito consignado para cada línea de ayudas. En concreto, para la compra de vivienda en municipios de menos de 10.000 habitantes, financiada con fondos del Estado, se asignan 2,3 millones de euros; para la compra en cascos históricos (fondos de la comunidad autónoma) se marcan 500.000 euros; y a la adquisición de vivienda protegida, 1.050.000 euros, también de fondos autonómicos.

Las ayudas se asignarán por concurrencia no competitiva, es decir, por orden de presentación de la solicitud, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos. Las solicitudes se dirigirán al Instituto Galego da Vivenda e Solo (IGVS) y se presentarán por vía electrónica o presencial en los registros y lugares establecidos por la Xunta.

En todos los casos, el contrato privado o la escritura pública de adquisición debe haber sido firmado después del 31 de octubre. Aunque en el caso de las ayudas para concellos pequeños también podrán pedirlas aquellas personas que ya hubieran presentado solicitud el año pasado, y les fuera denegada por agotamiento de crédito.

Otros requisitos

Además, el solicitante debe estar empadronado en la vivienda para la que pide la ayuda (salvo en el caso de que esté en un casco histórico y precise rehabilitación), y no tener en propiedad o usufructo otra vivienda (con la excepción de si solo posee una parte de ella por herencia o si no puede residir en ella por razones justificadas).

Las tres líneas de subvención son incompatibles entre sí, aunque sí podrán convivir con otras ayudas a la compra de vivienda de otras instituciones públicas y privadas.

El plazo máximo para resolver la solicitud será de tres meses, contados desde la fecha de presentación. Las bases de la convocatoria pueden consultarse en esta resolución publicada en el DOG.