
Sanidade publica el decreto que regula esta medida a la que tienen derecho los usuarios con un grado de dependencia reconocido
01 jul 2025 . Actualizado a las 20:13 h.La Xunta ha publicado el proyecto de decreto que regula las condiciones y requisitos de los supuestos especiales de entrega de medicamentos a domicilio. Se trata de una medida recogida en la Lei de ordenación farmacéutica de Galicia y que el Consello de la Xunta prevé aprobar antes de que finalice este año. Solo las personas con un grado de dependencia reconocido tendrán derecho a esta entrega a domicilio de sus fármacos, que realizará personal farmacéutico.
Esta era una de las principales incógnitas. Los colegios de farmacia entienden que es una tarea que debe realizar un titulado pero muchas boticas rurales solo tienen a un profesional al frente, con lo que el reparto se complica. La Consellería de Sanidade confirma que, «solo puede dispensar un farmacéutico» y tras la firma de un consentimiento.
Pero, ¿cómo se realizará esta entrega? El usuario, o bien su representante legal, debe firmar un documento de entrega tras recoger los fármacos y la oficina de farmacia tendrá que contar con un registro de las dispensaciones efectuadas y comunicar trimestralmente la información a la consellería. Además, recoge el decreto, el farmacéutico responsable de entregar los productos debe asegurarse que el usuario y sus cuidadores conocen las dosis, pautas, efectos adversos o condiciones de conservación de los medicamentos.
La dispensación la puede realizar cualquiera de las cinco oficinas más próximas al hogar del usuario o, en caso de que este lo decida así, otra oficina que pertenezca al área de referencia de su PAC.
El decreto recoge otra prestación, la entrega de los medicamentos que se dispensan en las farmacias hospitalarias. En este caso los requisitos son mayores y también los plazos. Tras presentar la solicitud, la gerencia sanitaria tendrá tres meses para responder y en caso de no hacerlo se considera desestimada la solicitud. Podrán pedirlo las personas con dependencia y una patología crónica que lleven al menos seis meses realizando consultas de seguimiento presenciales. Además se exige una adherencia acreditada al tratamiento de al menos un 90 %.
Más de cuatro años de implantación en los hospitales
La Xunta asegura que quiere poner en marcha este sistema cuanto antes tras su aprobación, pero el plazo que contempla el decreto es amplio en el caso de los fármacos que se dispensan desde el hospital. Para los dependientes de grado III el período máximo será de dos años desde la entrada en vigor, un año más para los de grado II y otro para los de grado I. Es decir, que en caso de agotar los plazos faltarían más de cuatro años para su total implantación.