Absuelven a un conductor de transporte escolar de un delito de abuso a menores por falta de pruebas

Serxio González Souto
Serxio González VILAGARCÍA / LA VOZ

GALICIA

El procedimiento partió de los juzgados de Vilagarcía de Arousa
El procedimiento partió de los juzgados de Vilagarcía de Arousa MONICA IRAGO

El chófer había sido denunciado por cuatro niñas, cuyos testimonios fueron contradictorios y ningún testigo confirmó

11 sep 2025 . Actualizado a las 22:14 h.

Los supuestos tocamientos habrían tenido lugar en marzo del 2021, con la pandemia del coronavirus todavía viva. Cuatro niñas, menores de 16 años, acusaron a un conductor de las líneas de transporte escolar que utilizaban de haber abusado de ellas. Ahora, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra absuelve al acusado de los cuatro delitos de abusos sexual que pendían sobre él. Lo hace por falta de pruebas que puedan sostener la imputación. Ni siquiera quienes compartían aquellos trayectos con ellas pudieron corroborar los hechos que relataron las denunciantes.

El procedimiento, que partió de los juzgados de Vilagarcía, condujo a un juicio oral en el que el chófer negó las acusaciones en redondo. Lo que las menores aseguraban es que, en diferentes momentos, incluso en distintas líneas, porque una de las niñas viajaba en una ruta escolar diferente a la de las otras tres, el hombre había abandonado el puesto de pilotaje para sentarse junto a ellas y que les había acariciado los muslos. El tribunal se hace eco de la imprecisión de sus versiones, que incurrían en contradicciones importantes. Para empezar, en el número de ocasiones en las que se habría producido el abuso. Uno de los testimonios se refería, incluso, a una jornada en la que el conductor no realizaba el trayecto en el que supuestamente habían tenido lugar los hechos.

El hombre afirmó que nunca abandonaba su asiento mientras los niños subían y bajaban del autocar, además de que la cuidadora, que se situaba junto a la puerta en esos momentos, siempre se hallaba dentro del vehículo. Las operaciones de bajada y subida comportaban cortos períodos de tiempo, apenas unos minutos. Por otra parte, la persistencia de las medidas de prevención contra el contagio del covid, con restricciones en los asientos, la aplicación de gel a los niños y la comprobación de que portaban correctamente sus mascarillas, tampoco hubiese facilitado la comisión de los delitos que se le imputaban. Por dos de ellos, la Fiscalía reclamaba para el chófer cinco años de prisión; tres años en los dos casos restantes. El ministerio público pedía, además, para él libertad vigilada una vez cumplidas las penas, su inhabilitación durante siete años para cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores, y su participación en programas de educación sexual.

Ningún otro usuario del transporte escolar ratificó las acusaciones de las cuatro menores. Tampoco la cuidadora que prestaba sus servicios en aquellos trayectos. Así las cosas, la Audiencia de Pontevedra absuelve al conductor de los cuatro delitos de los que estaba acusado, con todos los pronunciamientos favorables. El fallo puede ser objeto de un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.