Carlos del Pino, abogado de Lugo especialista en Derecho Tributario: «Hay muchos ayuntamientos que no cobran el impuesto de plusvalía»

Miguel Cabana
Miguel Cabana LUGO / LA VOZ

LUGO

Carlos del Pino en su bufete de abogados de Lugo
Carlos del Pino en su bufete de abogados de Lugo ALBERTO LÓPEZ

Asegura que se dan las circunstancias para que la gente se vaya por la presión fiscal

23 abr 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

Carlos del Pino, socio co-fundador de Pin & Del Pino Abogados y Asesores Tributarios, lleva años denunciando la alta carga fiscal a la que se someten los ciudadanos. Explica además que la plusvalía es un impuesto que los ayuntamientos pueden suprimir.

—Casi todos los ciudadanos tienen que liquidar el impuesto de plusvalía en algún momento de sus vidas, pero sospecho que pocos saben en qué consiste.

—La plusvalía es un impuesto que se aplica sobre el incremento de valor que experimentan los terrenos de naturaleza urbana y se paga tanto al hacer una venta o donación como al recibir una herencia. El aspecto más controvertido de este impuesto es que no se permite actualizar el valor del terreno. Es decir, a efectos de este impuesto un euro de valor de adquisición del año 2000 es lo mismo que un euro de valor de venta en 2023.

—La plusvalía, además, es un impuesto que debe pagarse a los ayuntamientos, además de los que se han de pagar a las comunidades autónomas y al Estado. ¿No le parece a usted mucha voracidad fiscal?

—Absolutamente. La carga fiscal inherente a toda operación inmobiliaria puede llegar a ser, en su conjunto, confiscatoria. Imagínese que ese piso o local que va a vender es una tarta, teóricamente toda para usted. Nada más lejos de la realidad: una parte es para el Estado, a través del IRPF, otra, para la comunidad autónoma, a través del Impuesto sobre Transmisiones, además, sobre un valor ficticio, que también será declarado contrario a la Constitución y, por último, otra parte para el ayuntamiento. En muchos casos, cuando alguien va a disfrutar de su tarta, apenas le quedan migas. En el caso de sucesiones o donaciones, la tarta puede verse aún más reducida.

—¿Qué consecuencias tiene para los ciudadanos el hecho de que tantas administraciones reclamen su parte del pastel?

—Muchos ciudadanos no pueden hacer frente a la voracidad fiscal de las administraciones. En estos momentos estoy asesorando a varias familias en Cataluña y Baleares que no tienen liquidez para pagar impuestos sobre sucesiones y plusvalía municipal. En estos casos, solo queda renunciar a la herencia, a lo que te han dejado tus padres o tus abuelos después de una vida de trabajo y sacrificio.

—Usted es muy crítico con la aplicación de este impuesto porque cree que vulnera los derechos de los ciudadanos.

—La norma que regula este impuesto incurre en graves defectos. Tiene afán confiscatorio y vulnera el principio de capacidad económica del ciudadano. Este impuesto no permite tener en cuenta los gastos generados por una compra ni deducir gastos de una venta. Le pongo un ejemplo. Si usted compra un inmueble por 100.000 euros, lo vende por 130.000 y le paga 20.000 a un comisionista por la venta, su plusvalía real serían 10.000. Sin embargo para las administraciones no es así. No deducen esos gastos generados así que hacen el cálculo sobre los 30.000 cuando deberían hacerlo sobre los 10.000 euros, que es la ganancia real. Y claro, perjudican al contribuyente con este método injusto. Este impuesto tampoco permite deducir el IVA ni tiene en cuenta el efecto de la depreciación monetaria ya que no son lo mismo 100.000 euros de hace 20 años que en el 2023. Por todos estos motivos este impuesto vulnera de pleno los derechos de los contribuyentes.

—¿Qué recomendación daría a una persona que recibe una herencia y debe liquidar la plusvalía municipal en el Concello de Lugo?

—Mi recomendación es que alegue, que reclame. Que presente un recurso argumentando todas estas circunstancias y si la respuesta no es satisfactoria, que acuda a los tribunales.

—Usted presenta muchas reclamaciones tanto ante las administraciones locales o autonómicas como ante los tribunales porque cree que el cobro de este impuesto no es legal. ¿Cómo responden unos y otros?

—En vía administrativa no suelen prosperar porque las administraciones están más interesadas en recaudar que en reconocer sus errores, pero en el juzgado se ganan estas reclamaciones por ser claramente confiscatorias y vulnerar la capacidad económica del contribuyente.

—Hasta ahora, cada vez que se modificaba un aspecto esencial de un impuesto se hacía por ley y esto es lo que se llama el principio de reserva de ley. Sin embargo ahora el Tribunal Constitucional ha permitido que en el impuesto de plusvalía esas modificaciones se hagan mediante un real decreto. ¿Le parece un camino peligroso?

—Utilizar el método del real decreto para modificar aspectos esenciales de los impuestos es ciertamente peligroso. Desde el año 2017, en el que la regulación de la plusvalía empezó a generar problemas, el poder legislativo tenía que haber modificado la norma, lo que finalmente hizo a finales de 2021, tras la sentencia definitiva del Tribunal Constitucional. Era doctrina consolidada que un real decreto no puede afectar a aspectos esenciales del impuesto ya que esta parte está reservada a la ley. Sin embargo el actual y polémico real decreto que regula la plusvalía sí lo hace. Toca aspectos esenciales por más que nos digan lo contrario. ¿Acaso establecer una norma para determinar la base del impuesto no es un elemento esencial? Pocos aspectos son más esenciales que ese ya que sin base no hay impuesto. El giro del Tribunal Constitucional es ciertamente preocupante.

—Últimamente la plusvalía ha dado el salto a la política y en el Concello de Lugo, por ejemplo, la alcaldable por el PP, Elena Candia, ha incluido en su programa la eliminación de este impuesto. Sin embargo, el equipo de Lara Méndez ha dicho que suprimirla no es legal. ¿Quién tiene razón?

—Es perfectamente legal y se ha hecho en muchos municipios. Todos los que no han querido cobrar este impuesto a los ciudadanos simplemente no han aprobado la ordenanza fiscal correspondiente y de este modo ya no pueden recaudar por este concepto

—Cada vez que se recibe una herencia hay un plazo de seis meses para liquidar el impuesto de sucesiones y siempre que haya terrenos urbanos también deberá liquidarse en ese plazo la plusvalía municipal. Sin embargo, lo que se puede llegar a pagar por ambos impuestos no es igual en todas las comunidades autónomas ni en todos los ayuntamientos. ¿Puede poner algún ejemplo que nos aclare esta diferencia de tributación?

—Las diferencias, existen y son muy notables. Galicia por ejemplo tiene una regulación del impuesto de sucesiones más ventajosa que otras comunidades autónomas ya que aquí hay reducciones o bonificaciones importantes. Si un padre gallego deja sus bienes a sus tres hijos, cada uno de ellos tendrá una bonificación de un millón de euros, tres millones en total. Es decir, solo pagarán si los bienes heredados por cada uno de ellos superan el millón de euros. En otras comunidades autónomas esto no es así. Puedo referirme, entre otros, a dos casos de Cataluña y Baleares en los que, entre sucesiones y plusvalías, en los que no existen esas reducciones, disparándose la carga impositiva. Y lo mismo sucede con la plusvalía municipal. Hay ayuntamientos que han decidido no regular este impuesto y, por tanto, no cobrarlo a sus vecinos. Sin embargo, en otros municipios la recaudación es altísima y la presión fiscal sobre los ciudadanos, también.

—¿Cree que debería haber un cambio normativo que eliminase este impuesto?

—El problema actual de nuestro sistema tributario es que la recaudación es su único fundamento, sin importar lo más mínimo los principios y garantías de nuestra Constitución. Si a este gran problema añadimos otro mayor como es el destino de los impuestos recaudados, nos encontramos ante la tormenta perfecta para que se produzca una estampida de personas y empresas a otros destinos en los que los impuestos y su finalidad sean respetuosos con los contribuyentes.