Absuelto el único acusado en el gran juicio de la operación Carioca que no aceptó un acuerdo con la Fiscalía

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

LUGO

Armando Lorenzo, Julio Baquero, José Marcos Grandío Ascariz y Jesús González Varela (de derecha a izquierda), en el banquillo de los acusados
Armando Lorenzo, Julio Baquero, José Marcos Grandío Ascariz y Jesús González Varela (de derecha a izquierda), en el banquillo de los acusados LAURA LEIRAS

Julio Baquero, el que fuera brigada del Equipo Mujer-Menor de la Guardia Civil de Lugo, queda libre tras más de diez años inmerso en la mayor causa contra la prostitución de la historia de España

17 jul 2024 . Actualizado a las 20:26 h.

Julio Baquero es un hombre libre. El que fuera brigada del Equipo Mujer-Menor (EMUME) de la Guardia Civil de Lugo durante la operación Carioca ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Lugo. Él fue el único de los cinco acusados del último gran juicio de esta macrocausa que se negó a pactar un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. De esta forma, y aunque cabe recurso contra esta sentencia, Baquero queda libre de cualquier condena 15 años después del estallido del proceso. 

Julio Baquero ha estado bajo el foco judicial desde que la jueza Pilar de Lara incoó las primeras diligencias de la que terminó siendo la macrocausa más extensa de la historia de España a nivel de volumen. La Carioca destapó una red de explotación de mujeres extranjeras en la provincia de Lugo que terminó salpicando a proxenetas, empresarios y agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Desde Nochebuena del 2008, cuando nació el procedimiento, la causa ha acumulado 89 imputados, 46 detenidos, 367 testigos, 310 tomos y 160.000 folios.

La pieza original de la Carioca llegó a juicio el pasado mes de junio. Baquero se sentó en el banquillo de los acusados junto a su ex subordinado, Armando Lorenzo, y tres proxenetas, José Marcos Grandío Ascariz (dueño del club Eros), José Manuel García Adán (dueño del club Queens) y Jesús «Suso» González Varela (dueño del club Eclipse). Salvo el primero, todos aceptaron un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. Así, reconocieron su culpabilidad a cambio de rebajas de pena. 

Baquero siempre ha mantenido su inocencia

El único que no dio el brazo a torcer fue Baquero. Él fue, durante años, el jefe de la EMUME, mando directo de Armando Lorenzo. Estaba acusado de dos episodios supuestamente delictivos. E primero habría sido intentar ocultar un matrimonio de conveniencia entre un vecino de As Nogais y una mujer prostituida de origen brasileño, que terminó siendo investigado por compañeros suyos de la Guardia Civil y declarado nulo por el juzgado. La segunda habría sido una supuesta petición de favores sexuales a una mujer prostituida en Lugo, siendo él un mando del Equipo Mujer-Menor de la Comandancia.

Él siempre ha negado todos estos cargos. Se enfrentaba, en un principio, a un año y siete meses de prisión, pero la Fiscalía le ofreció una última rebaja al final del juicio, que la disminuiría hasta los ocho meses. Finalmente, ha salido absuelto.

En la sentencia, la Audiencia explica que, con respecto al presunto matrimonio ilegal, no se puede probar que Baquero «no hubiese actuado conforme a lo exigible», además de que no pueden acreditar que «el encargado de perseguir esta hipotética conducta delictiva hubiese de ser él». Con respecto a la situación de la mujer explotada, la Audiencia razona que «la única prueba incriminatoria es la declaración de una testigo». 

De esta forma, Julio Baquero sale indemne de toda acusación. Su abogado, César Lodos, pidió en el juicio la nulidad de varias presuntas pruebas contra su cliente. El tribunal rechaza esta posibilidad, pero reconoce que no había motivos de peso para condenarlo junto a los otros cuatro procesados.

 Armando Lorenzo, el principal condenado

Y es que la Audiencia Provincial de Lugo, como estaba previsto, ha condenado a Armando Lorenzo a cinco años y nueve meses de cárcel y al pago de una multa de 7.408 euros. El guardia civil ejerció, entre el 2005 y el 2009, como cabo del Equipo de Mujer-Menor. Además, lo ha inhabilitado para el ejercicio de empleo o cargo público durante cinco años y once meses. El tribunal lo ha considerado autor de un delito continuado de cohecho, un delito de agresión sexual, un delito continuado de cohecho propio activo, un delito continuado de revelación de secretos, un delito continuado de omisión de perseguir delitos, en concurso con tres delitos de favorecimiento de la prostitución, y de un delito de extorsión, concurriendo las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño. La Audiencia, en su labor de control de la conformidad que el acusado alcanzó con Fiscalía, lo ha absuelto del delito de omisión de perseguir delitos en relación con el matrimonio del que también eximen a Baquero.

El tribunal relata en la sentencia que el procesado «participaba en inspecciones periódicas y controles en clubes de alterne o establecimientos análogos de la provincia de Lugo», durante las que estaba obligado a examinar la documentación del personal, comprobando si estaba de acuerdo con lo dispuesto en la normativa que regula la estancia legal de personal extranjero en España. La sala subraya que, en caso de detección de personas en situación irregular, «estaba obligado a transmitir dicha información a la Brigada Provincial de Extranjería de la Policía Nacional». 

Los magistrados aseguran que, en el ejercicio de estas atribuciones, el condenado, «con ánimo de satisfacer sus instintos sexuales y abusando de su condición de guardia civil», entabló relación con mujeres extranjeras que se hallaban en situación irregular en España, «a las cuales se insinuaba o a las que, directamente, les solicitaba mantener relaciones sexuales, ofreciéndoles su ayuda en diferentes ámbitos y, especialmente, para la regularización de su situación en España o silenciar o alterar los datos que podrían determinar la apertura de un expediente de expulsión», llegando a agredir sexualmente a una de las víctimas.

«Los propietarios y encargados de los clubes, con el fin de asegurar la obtención de las máximas ganancias y evitar el perjuicio derivado de los controles e inspecciones policiales de extranjería, que provocaban pérdidas económicas, deterioro de la imagen del club, repercusión en la clientela e interrupción en la actividad del club con detenciones de mujeres que, en algunos casos, eran expulsadas debido a su situación irregular, dando respuesta a la petición del guardia civil, entre el 2003 y el 2009, desarrollaron una estrategia dirigida a beneficiarlo económicamente, mediante pagos directos y otros beneficios, tales como servicios de bar», indica la Sala en la sentencia.

Condenados también los tres proxenetas

La Audiencia Provincial, además, ha condenado a los otros tres procesados. García Adán, Ascariz y Varela habían alcanzado acuerdos de conformidad con la Fiscalía, como autores de un delito de cohecho pasivo, a penas de multa de 2.000 y 1.000 euros.

De esta forma, la Carioca termina con cuatro de cinco acusados condenados tras firmar acuerdos de conformidad, y con uno absuelto por falta de pruebas. Aunque cabe recurso contra la sentencia, fuentes del caso explican que se antoja difícil que la Fiscalía reclame contra la única absolución después de un proceso que ha durado 16 años.