Dos años de prisión para un lucense por abusar sexualmente de la nieta de unos amigos, de 9 años y con discapacidad

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El acusado se enfrenta a cuatro años de prisión
El acusado se enfrenta a cuatro años de prisión a. siso

El tribunal le ha reducido la pena al apreciar un atenuante de reparación del daño, ya que indemnizó a la víctima

06 feb 2025 . Actualizado a las 13:13 h.

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a dos años de cárcel a un hombre de 73 años como autor de un abuso sexual a una niña de 9 años, nieta de su vecina, a la que hizo tocamientos y dio besos en la boca sin su consentimiento.

Según se recoge en la sentencia, los hechos ocurrieron en la mañana del 3 de agosto de 2023, cuando la menor se encontraba sola en la casa de su abuela (con quien estaba pasando las vacaciones de verano) y el acusado se acercó a la vivienda para pedirle a la niña que le ayudase a llevar un tubo a un alpendre.

Una vez en el interior del galpón, «con el fin de satisfacer sus deseos lúbricos y atentando contra la libertad sexual de la menor», comenzó a decirle que era muy guapa, a besarla en la boca y, con la excusa de que le iba a hacer un masaje, le realizó tocamientos por encima de la ropa.

La menor expresó su repulsa y llegó a preguntarle «por qué no le hacía eso a su nieta», antes de zafarse y huir. De nuevo en la casa de su abuela, la niña llamó por teléfono a su madre y le contó lo sucedido.

Negó los hechos en el juicio

A pesar de que el acusado negó los hechos en ese momento (al ser increpado por la familia de la menor) y también en el juicio, el tribunal considera que la declaración de la niña es «clara y detallada», realizando una «exposición secuencial lógica del suceso», y los informes forenses también acreditan la credibilidad del relato.

Por ello, lo considera autor de un delito de abuso sexual a una niña menor de 16 años (la víctima tenía 9 años cuando ocurrieron los hechos) y, aplicando la atenuante de reparación del daño, porque el hombre consignó 4.500 euros en concepto de responsabilidad civil, lo condena a la pena de dos años de prisión.

Igualmente, le prohíbe acercarse o comunicarse con la víctima durante 6 años y le impone la medida de libertad vigilada durante 4 años. Además, queda inhabilitado para ejercer profesiones u oficios que impliquen contacto con menores durante 8 años, y deberá indemnizar a los representantes legales de la niña en 8.000 euros. La sentencia no es firme y puede recurrirse en apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.