La jueza condena al alcalde de Sarria por convocar un pleno con cinco horas de antelación
SARRIA
Considera que no existía urgencia alguna que justificara la convocatoria urgente extraordinaria de ese pleno, que ahora se declara nula
26 jun 2024 . Actualizado a las 19:50 h.El día dos de agosto del año 2023, el alcalde de Sarria, Claudio Garrido, convocó un pleno de urgencia sobre las ocho de la mañana para celebrarlo ese mismo día a las 13.00 horas para aprobar una modificación del contrato de la luz. Tres concejales del PP no pudieron asistir por motivos de viaje, y presentaron recurso por vulneración de la participación política. Ahora la magistrada estima el recurso al considerar que no existía urgencia alguna que justificara la convocatoria extraordinaria y el fallo declara nula la convocatoria.
La sentencia concluye que se vulneró el derecho a participar en los asuntos políticos de los concejales, que por motivos de trabajo y ocio no se encontraban en la localidad. Además, argumenta que el pleno «carecía de la exigida y necesario motivación en cuanto a su contenido» y que el alcalde lo hizo «con el único ánimo de alterar la votación del pleno siendo consciente de que varios concejales de la oposición (los demandantes) no podrían acudir al mismo».
El alcalde, por su parte, alegó que en cuanto al lapso de tiempo entre la convocatoria y la sesión plenaria, «la normativa reguladora de las sesiones extraordinarias urgentes no establece ningún plazo mínimo». Además, sostiene que los concejales eran plenamente conocedores de la razón de la urgencia y del asunto al incluirse en un pleno ordinario del mes de julio en el que «a solicitud del grupo del Partido Popular, la propuesta de la alcaldía no se sometió a votación ese día sino que se dejó sobre la mesa».
Un plazo ya superado, según la sentencia
Añade la sentencia que «no existía un plazo que diese motivo a esa convocatoria, pues el único existente ya se había superado y el propio Concello había solicitado una prórroga». Sostiene que el pleno debería haberse celebrado como máximo en marzo pero que «lo aplazó sine die hasta que le resultó favorable el quorum por ausencia de varios concejales».
El motivo del pleno
El motivo del pleno fue la aprobación de una modificación en el contrato de la luz que se estableció en el anterior mandato. El Concello se acogió a las ayudas del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) para cambiar la iluminación pública a bombillas led, con una subvención del 80 % que alcanza casi los tres millones de euros. Garrido adjudicó el contrato a Monrabal, una empresa valenciana, que también pasó a encargarse del mantenimiento y suministro de la luz de Sarria por 20 años.
Hace dos años, la ingeniera municipal avisó de que el contrato no cumplía con la propuesta, ya que se pusieron menos luminarias de las que constaban en el documento. Por tanto, habría que modificar la inversión. Según Garrido, aprobó primero este cambio por decreto de alcaldía y el IDAE indicó en febrero que se debía volver a validar en pleno, el organismo competente.
Sin embargo, Garrido no inició la ratificación hasta el mes de julio del año pasado, cuando convocó un pleno que se realizó de manera telemática. La oposición avisó de que quería conocer los informes técnicos del contrato. Tanto la ingeniera municipal, como intervención y secretaría habían emitido informes alertando de que la contratación había sido «irregular» por ausencia de trámites esenciales, lo que podría derivar en la anulación del contrato y, por tanto, la pérdida de la ayuda de tres millones de euros.
No obstante, la modificación salió adelante en ese pleno extraordinario con los votos a favor de Camiña Sarria, en minoría, por la falta de concejales de la oposición. Sin embargo, la votación en pleno estaba requerida desde marzo por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. Por eso la portavoz del PP sostiene que «podía ter convocado o pleno en calquera outro momento, pero xustificouno saltándose o plazo de xeito inxustificado». El alcalde de Sarria, por su parte, alegó que los concejales de la corporación tienen el deber de avisar cuando se ausentan y no lo hicieron.