Condenado en Ourense un matrimonio en vías de divorcio por pelearse por la custodia delante de sus hijas

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE

OURENSE

Imagen de archivo del exterior del edificio judicial de Ourense
Imagen de archivo del exterior del edificio judicial de Ourense M. FERNÁNDEZ

La magistrada ve «forzada» la declaración de la mujer y les impone a los dos la realización de trabajos comunitarios

27 ene 2024 . Actualizado a las 05:00 h.

Hay divorcios en los que resulta especialmente complicado que las partes se entiendan, pero en algunos casos la situación es tan delicada que las hostilidades pueden llegar incluso al plano físico, y terminar con una condena penal para los dos implicados. Es lo que les ha ocurrido a un hombre y una mujer. La magistrada del Juzgado de lo Penal dos de Ourense los acaba de condenar a los dos por un delito de maltrato, considerando probado que participaron en «una riña mutuamente aceptada» que además, y esto es lo peor, tuvo lugar en presencia de las dos hijas del matrimonio, que en aquel momento aún eran menores de edad.

La togada impone una condena más severa de lo habitual por esa falta de cuidado a la hora de preservar a las menores del conflicto entre los adultos y les impone, a cada uno, 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Si no los aceptan tendrán que cumplir 9 meses de cárcel. Además, y salvo que un recurso ante la Audiencia Provincial establezca otra cosa, no podrán acercarse el uno al otro, o mantener cualquier tipo de comunicación, durante dos años.

El incidente tuvo lugar a mediados del mes de julio del 2021. La pareja, que había contraído matrimonio en el año 2003, se encontraba en esas fechas en trámites de separación, si bien no acababa de ponerse de acuerdo en lo relativo a la custodia de sus dos hijas. En ese escenario, la mujer se presentó un día en la empresa en la que trabaja su marido, en el polígono de San Cibrao, convencida de que las pequeñas tendrían que estar con el progenitor en esa parte de las vacaciones. Tras un desencuentro verbal, ambos se enzarzaron en una pelea durante la cual el hombre golpeó a la mujer, provocándole arañazos en brazos y piernas. Ella, por su parte, lo agarró por los pelos y lo arañó en la cabeza.

La magistrada advierte en la sentencia lo complicado que resulta extraer la verdad sobre lo ocurrido aquel día al ser las dos versiones de los acusados tan opuestas, si bien entiende que lo que declaró la sospechosa en la sala de vistas no se ajustó a lo ocurrido. La mujer relató que su todavía marido —el divorcio se formalizó cuatro meses después— le había propinado patadas y puñetazos, tirándola al suelo y golpeándola de nuevo cuando se encontraba indefensa, pero no se han hallado evidencias que ratifiquen esta versión. Así, ningún testigo vio esos hechos y el parte de lesiones solo refería unos arañazos en el cuerpo de la mujer. La jueza ve «forzada» su declaración y entiende que ambos se pegaron mutuamente. Dos testigos, compañeros de trabajo del investigado, declararon haber visto a la mujer tirándole de los pelos. A él se le condena por maltrato y a ella por lesiones, pero ambos con la misma pena.