El TSXG ratifica que Jácome acosó al interventor y aumenta la indemnización a 75.000 euros

LA VOZ OURENSE

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Pleno en el Concello de Ourense.
Pleno en el Concello de Ourense. ALEJANDRO CAMBA

Anula parcialmente la sentencia que revocó el cese por no haber sido tratado en la jurisprudencia correspondiente

01 jul 2025 . Actualizado a las 19:23 h.

La sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratificó que el alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, ejerció acoso laboral contra el interventor municipal al que cesó y que el Concello no aplicó la prevención de riesgos a tiempo. Por tanto, aumenta la indemnización al funcionario de 30.000 a 75.000 euros. Es la respuesta a los recursos de suplicación de ambas partes contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Ourense. Por otra parte, anula parcialmente el fallo en lo referido al cese. Deja sin efecto la revocación del despido y la orden de reincorporación por haber sido tratada por la jurisprudencia incorrecta.

El fallo del juzgado ourensano había concluido que el regidor llevó a cabo una campaña pública para desprestigiar al funcionario y así justificar ante la opinión pública el posterior cese. El Concello y el alcalde recurrieron la sentencia pidiendo que se desestimara. El interventor reclamó una mayor indemnización, de 150.000 euros o al menos superior a 60.000. 

Jácome cesó al interventor de sus funciones y lo reubicó en un puesto para resolver multas de tráfico. Fue el detonante por el que el funcionario denunció ante lo Social al regidor por acoso, lo que se consideró probado en el juzgado. Por otra parte, el colegio de secretarios, interventores y tesoreros presentó un recurso por la vía contenciosa contra el cese. El Juzgado contencioso-administrativo número uno de Ourense ordenó la reincorporación cautelar y el funcionario volvió a su puesto. Sin embargo, el TSXG considera ahora que el juzgado social se extralimitó y que se trata de una «incongruencia» ya el proceso del cese se tendría que haber juzgado por la vía laboral, no la social. Por tanto, declaró la nulidad parcial de la sentencia y dejó sin efecto la anulación del cese así como la reposición. 

Por otra parte, desestima los recursos del alcalde y el Concello y aumenta la indemnización al interventor. Las razones son la naturaleza del propio puesto y que ya existen precedentes en el Concello de este tipo de actos: la condena al Concello y a un exconcejal de Democracia Ourensana por acoso laboral a la jefa de la Policía Local. Además, considera que el funcionario sufrió un menoscabo de su salud y que se concurre una doble infracción: de acoso laboral —en los plenos, en las redes sociales y con el cese— y de falta de prevención de riesgos. Fija la cuantía en 75.000 euros por ser el grado medio de la infracción más grave, la de acoso, y suponer la mitad del importe solicitado por el denunciante. El Concello adelantó que interpondrá un recurso ante el Tribunal Supremo.