Un maltratador reincidente condenado en Pontevedra pretendía salir de la cárcel alegando que era el único apoyo de su madre dependiente

María Hermida
María Hermida PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

La cárcel de Monterroso, donde estaba ingresado el maltratador reincidente mientras solicitaba el indulto.
La cárcel de Monterroso, donde estaba ingresado el maltratador reincidente mientras solicitaba el indulto. OSCAR CELA

Mientras él pedía el indulto, su progenitora azuzaba a la víctima y a su hija para que abandonasen la casa en la que vivían

28 ago 2025 . Actualizado a las 12:26 h.

No habrá indulto posible. Esa es la conclusión de un culebrón judicial protagonizado por un maltratador reincidente que fue condenado en Pontevedra. El hombre pretendía zafarse del tiempo de prisión que le quedaba pendiente alegando en que era el único apoyo posible de su madre dependiente. Lo curioso es que, mientras él perseguía su liberación, esa misma progenitora azuzaba a la víctima y a su hija para que abandonasen la casa en la que estaban viviendo. Ni el Consejo de Ministros primero ni el Supremo después han atendido a la petición de este hombre. Es más, se le imponen las costas judiciales por su recurso ante el Alto Tribunal, por las que podrá pagar hasta cuatro mil euros. 

Ese hombre fue condenado en el 2021 por un juzgado de Pontevedra a dos años y once meses de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de condena en el ámbito de violencia contra la mujer. Y otros dos años de cárcel por amenazar a la víctima. Todo ello después de haber sido detenido en múltiples ocasiones por delitos de lesiones y por quebrantar la orden de alejamiento de la mujer a la que maltrataba y teniendo ya una condena anterior por la misma causa: por ser un maltratador. Él recurrió la sentencia del 2021, pero la Audiencia de Pontevedra señaló, en el año 2022, que las penas impuestas eran correctas. 

El varón tenía que entrar en prisión. Pero no lo hizo voluntariamente, sino después de que en el 2023 se emitiese una requisitoria para su búsqueda, detención y posterior ingreso en la cárcel. Aún así, el hombre en cuestión no cesó en su empeño de zafarse de la condena. Así que en marzo del 2023 presentó una petición de indulto de la pena de prisión que tenía pendiente de liquidar. El varón aludía a que su madre era dependiente para las actividades ordinarias y él era el único apoyo que la mujer tenía.

A lo largo de 88 páginas, justificaba que había un error al valorar la prueba por la que había sido condenado como maltratador. El hombre llegó a adjuntar firmas de apoyo para que le concediesen el indulto y un informe del centro penitenciario de Monterroso (Lugo). En ese documento de la cárcel, se indica: «Su evolución conductual desde el ingreso en este centro es adaptada, teniendo una normal relación con el resto de sus compañeros de internamiento y con los profesionales del centro, teniendo con estos una actitud de conformidad y aceptación. Manifiesta un comportamiento adaptado al medio penitenciario, con un cumplimiento correcto de las exigencias normativas. Su aspecto es normal y asesado, su conducta es normalizada». Y en el que también se recoge que participa, dentro del área terapéutica, en un programa de intervención sobre violencia machista. Pero no le sirvió de mucho. El Consejo de Ministerios no aceptó su petición de indulto.

Él llegó hasta el Supremo reclamando y el Alto Tribunal dijo que ese informe de la prisión «no es suficiente para considerar que su actitud ha cambiado y que es merecedor del indulto»

Lo curioso es que este hombre pidió el indulto en ambas ocasiones pero, según explica la sentencia del Supremo donde se lo deniegan, su familia paralelamente estaba haciendo sufrir a la víctima y a la hija en común de ambos. Así, se indica que se le pidió audiencia a esta mujer para saber si estaba de acuerdo con que lo liberasen de la cárcel, a lo cual dijo que no. Además, ella contó que el penado no cumplía con las obligaciones con respecto a la hija común, ya que hasta había dado de baja el seguro médico. Y que la víctima, que primero tuvo que huir y refugiarse en una casa de acogida, donde se sometió a tratamiento psicológico y psiquiátrico, ahora estaba recibiendo burofaxes de la madre del maltratador «instándola a abandonar la vivienda con su hija». 

El Tribunal Supremo pone de relieve la gravedad de los hechos por los que fue condenado, la reincidencia de este hombre en cuanto al maltrato y advierte de que todavía tiene causas pendientes, por delitos también de violencia de género, que aún no fueron juzgados. Todo ello lo usa como argumento para señalar que el Consejo de Ministros actuó correctamente no concediéndole el indulto y, por tanto, denegándoselo de nuevo. Le obliga a pagar las costas judiciales poniéndoles, eso sí, un techo de 4.000 euros de máximo. 

Tras esta sentencia del Supremo, emitida a mediados del mes de julio, se ratifica que el hombre debe seguir en prisión. Para que cumpla la pena completa tiene que estar en la cárcel hasta abril del 2026, según indica el texto emitido por el Alto Tribunal.