La Audiencia libera de culpa a los padres de la niña que murió en As Cancelas

Xurxo Melchor
xurxo melchor SANTIAGO / LA VOZ

SANTIAGO

SANDRA ALONSO

Responsabiliza en parte al centro comercial porque la seguridad era insuficiente

02 ago 2020 . Actualizado a las 02:34 h.

Al drama de perder a una hija en un terrible accidente, los padres de la niña de ocho años que el 30 de diciembre del 2012 cayó desde doce metros de altura por una escalera mecánica del centro comercial As Cancelas han sumado desde entonces el desgarro de ver cómo les responsabilizaban de la muerte por no haber vigilado más de cerca a la pequeña. Un sentimiento de culpa que les ha atormentado y perseguido y que la sección compostelana de la Audiencia Provincial acaba de aliviar con una sentencia que deja claras dos cosas: la menor cometió una acción imprudente al colgarse de la escalera, pero las medidas de seguridad de la instalación, aunque cumplían con la ley, eran insuficientes.

El fallo de la Audiencia, que resuelve así el recurso de apelación de la primera sentencia, observa una «concurrencia de culpas». En un 60 %, de la propia niña, pero en el 40 % restante del centro comercial, que tendrá que indemnizar a los padres y la hermana de la pequeña con un total de 48.298,81 euros, cantidad a la que habrá que añadir los intereses legales generados desde que se produjo el accidente y hasta que se complete el pago.

«En ese juicio se acabó juzgando a los padres», recuerda la abogada de la familia

En su decisión, el tribunal explica que «el debate debió reconducirse a la influencia causal de la conducta de la menor» pero también a la capacidad del centro comercial «de haber desarrollado alguna conducta más cuidadosa tendente en general a evitar resultados tan desproporcionados». De hecho, pocos días después de aquel trágico accidente, la gerencia de As Cancelas ordenó colocar en las escaleras mecánicas unas protecciones de metacrilato. «Con lo que hay ahora, la niña estaría viva», afirma tajante la abogada Mar Vivero, que ha representado a la familia de la menor fallecida. Para ella, no ha sido un caso más porque la vista oral que se celebró en primera instancia, en el que se absolvió a As Cancelas y se condenó a los padres a pagar las costas del proceso, acabó centrándose en si los padres habían vigilado o no a su hija. «En ese juicio se acabó juzgando a los padres», recuerda la letrada. «Fue muy duro, por eso es tan importante que, de alguna manera, la Audiencia refrende la actitud de los padres. Aquel juicio fue escandaloso y hubo algunos momentos en los que me costó no llorar», añade. 

Legales pero no seguras

Desde entonces, la única batalla que han querido librar los padres ha sido para que se dilucidaran todas las responsabilidades y que no se les acabara culpando a ellos. «Ningún padre o madre pueden estar todo el tiempo vigilando cada movimiento de sus hijos y menos de una niña que ya tenía ocho años. Ellos actuaron correctamente y daban por hecho que estaban en un recinto en el que la niña estaba totalmente segura, y no fue así», afirma Vivero.

Y es que las escalares mecánicas desde las que se precipitó la pequeña cumplían con la legalidad, pero la sentencia recuerdan que son «una instalación peligrosa», que estaba situada muy cerca de una zona de ocio infantil y que esa circunstancia debió «animar a los responsables del centro comercial no solo al cumplimiento exacto de la normativa reglamentaria, sino a extremar las precauciones hasta el agotamiento de la diligencia esperable para evitar riesgos en el fondo perfectamente previsibles y, entre ellos, el uso indebido por menores, usuarios de instalaciones públicas, como la propia normativa prevé», ahonda la sentencia de la Audiencia compostelana.

A los padres, el dinero de la indemnización les daba lo mismo. «De hecho, cuando les comuniqué la sentencia ni me preguntaron por la cantidad, ni la saben, solo necesitaban que les dijeran que lo ocurrido no era culpa suya y esta sentencia ha sido como un bálsamo para aliviarles un poco el profundo dolor que siempre les acompañara», explica la abogada. La sentencia de la Audiencia Provincial no es firme, ya que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.