Nueva rebaja de penas en Santiago por «ley del solo sí es sí»: un violador, el agresor de una menor de 14 años y el abusador de una adolescente con discapacidad regresarán antes a la calle
SANTIAGO
Otro joven, condenado como cooperador necesario de una agresión sexual, también verá reducida su estancia en la cárcel
10 feb 2023 . Actualizado a las 00:07 h.La «ley de solo sí es sí» sigue sobrecargando la sala compostelana de la Audiencia Provincial de A Coruña, y no por una cuestión positiva. Este miércoles se ha conocido que cuatro condenados saldrán antes de prisión después de que los magistrados hayan aplicado la renovada norma que rige los delitos contra la libertad sexual.
El primero de ellos ha visto como su pena pasará de 9 años a 7 años y 6 meses. Había sido condenado porque el 18 de septiembre del 2018, tras comprar una botella de whisky, llevó a una joven de 14 años a un descampado cerrado, donde le ofreció alcohol e intentó besar. Antes de bajarle los pantalones y bragas, le dijo «perdón, pero tengo que hacerlo», llegando a introducir su pene en la vagina de la cría.
Aunque la agredida consiguió levantarse y huir, la persiguió y agarró del cuello antes de que lograra finalmente resguardarse en un bar, al que llegó la policía. La adolescente llegó a contraer la clamidia y necesitó asistencia psicológica y psiquiátrica. El procesado fue condenado por un delito consumado de agresión sexual con penetración a menor de 16 años.
Contra una menor también había atentado otro procesado que verá reducido su paso por prisión. En este caso, ocurrió entre el 2017 y el 2018 y aprovechaba que la adolescente, que tenía una discapacidad provisional del 33 %, acudía a la vivienda de la que era en aquel entonces su pareja. En una ocasión le manoseó los pechos, mientras que en una posterior, le pidió que se bajara el pantalón y la ropa interior para intentar introducir su pene en el ano de la menor, advirtiéndole de que no contara nada o le pegaría.
También le solicitó que le diera su número de teléfono para comunicarse con ella, solicitándole que le enviara fotos de sus pechos y partes íntimas, llegando la menor a hacerlo y recibiendo imágenes del pene del procesado. Por ello, fue condenado a 2 años de prisión por un delito de abuso sexual a menor de 16 años, así como de un delito de intento de abuso sexual con penetración con la pena de 6 años. A su vez, se le condenó por corrupción de menor, penado con otro año de cárcel. Es por el segundo delito que se le rebajará la pena en un año y medio, no modificándose ni el primero ni el tercero, siendo la pena final de un total de 7 años y seis meses.
Violación en Santiago
La última condena que se ha revisado corresponde con dos hombres que, en julio del 2016, se llevaron a una joven en coche hasta el camino de Chan de Curros, en Santiago. El que conducía el vehículo, que había tenido relaciones sexuales con la joven previamente, detuvo el coche en un lugar oscuro, con suelo de tierra. El otro ocupante se bajó, abrió la puerta delantera donde estaba la mujer, la agarró con fuerza y la violó.
Mientras ocurría, y pese a los gritos de la agredida, el conductor no se bajó del coche. Ambos dejaron a la joven allí y se marcharon. Por ello, al primero se le condenó a 9 años de prisión por un delito de agresión sexual, violación. Mientras que el segundo recibió una pena de 6 años y 6 meses por cooperador necesario en un delito de agresión sexual. Ambos ven reducidas sus penas, pasando ahora, respectivamente, a ocho, y cuatro años y seis meses de prisión.
Sin modificación
La que no se tocará es la sentencia emitida contra el condenado a 118 años de prisión por 24 delitos. En este caso se trata del condenado por almacenar más de 850 horas de vídeo que contenían imágenes y grabaciones con menores de edad en comportamientos de carácter sexual. Ese material lo compartió y facilitó a terceros, al menos unos 3.500 archivos.
En las imágenes aparecían menores de 16 años siendo víctimas de violencia sexual, maniatados con cuerdas y correas o amordazados. También había elaborado material pornográfico propio haciéndose pasar por un menor de edad a través de varias aplicaciones de mensajería digital. Por todo fue condenado por los delitos de difusión de pornografía, abusos sexuales, agresión sexual, entre todos. Debido al artículo 76.1 del Código Penal, el límite de cumplimiento máximo de prisión quedó estipulado en 20 años.