La Audiencia de A Coruña anula la condena a Sanitas por no asegurar a una niña con síndrome de Down
SOCIEDAD
La Audiencia anula la condena por publicidad engañosa por «carecer de competencia» el juzgado ferrolano, y precisa además que la jurisdicción de ese asunto corresponde al de lo Mercantil de A Coruña.
12 jun 2009 . Actualizado a las 10:34 h.La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha anulado la sentencia que condenaba a la empresa Sanitas por negar una póliza de seguro médico a una niña de Ferrol que padece síndrome de Down. La Audiencia revoca la sentencia del Juzgado de Instrucción número uno de Ferrol, que culpaba a la compañía de vulnerar el derecho fundamental de la pequeña de igualdad ante la ley y de publicidad engañosa, por mostrar en sus anuncios a personas con síndrome de Down. El fallo obligaba además a Sanitas a indemnizar a la niña con 6.000 euros por daños morales.
La Audiencia anula la condena por publicidad engañosa por «carecer de competencia» el juzgado ferrolano, y precisa además que la jurisdicción de ese asunto corresponde al de lo Mercantil de A Coruña.
En cuanto a la demanda por daños morales, afirma que «en ningún momento» se expone «cuál ha sido ese padecimiento, o sufrimiento psíquico o espiritual», y subraya que cuando sucedieron los hechos la niña «tenía dos años» y no siguió todo el proceso, por lo que «difícilmente puede afirmarse que sufrió un padecimiento espiritual, angustia o ansiedad por lo sucedido». En conclusión, «la indemnización por este concepto es improcedente».
El abogado de los padres de la niña, Julio Barros, mostró su disconformidad con el fallo y anunció que presentarán un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.