Consumo exige que los gastos de gestión de las entradas «online» figuren en el precio final y estén bien desglosados
SOCIEDAD
«No pueden ser un recargo arbitrario y oculto hasta el momento del pago», afirma el ministro Pablo Bustinduy tras exponer los requisitos para este tipo de desembolso
11 jul 2024 . Actualizado a las 12:32 h.El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha puesto el foco en los gastos de gestión y la aplicación de recargos a los que se enfrenta el público cuando compra vía online entradas para espectáculos como festivales de música, conciertos o musicales. «Cuando se compra una entrada, los gastos de gestión no pueden ser un recargo arbitrario y oculto hasta el momento del pago. Hoy comunicamos a los operadores estos requisitos y les recordamos que hay una campaña en curso de vigilancia del mercado para este sector», señaló en la red social X —antes Twitter— el ministro Pablo Bustinduy.
Entre otras medidas, su departamento exige que esos gastos figuren en el precio final de la entrada, estén siempre bien desglosados y se circunscriban a los servicios que reciba el consumidor final. Los recargos deben adecuarse a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y referirse «exclusivamente» a servicios que reciban los consumidores finales, sin poder ser traspasados a servicios que reciba la empresa promotora del evento. En caso de no estar correctamente reflejados en la información facilitada, el comprador no tendrá la obligación de abonarlos,
Para un mismo evento o espectáculo, los costes adicionales no pueden variar en función del precio de la entrada ni ser un porcentaje sobre el precio base, salvo que dicha diferencia esté justificada sobre la base de servicios adicionales ofrecidos al consumidor. Consumo recuerda también que no pueden ser superiores a los costes adicionales soportados por el consumidor al adquirir presencialmente las entradas para los mismos eventos o espectáculos.
En el caso de que las entradas para el evento o espectáculo sean nominativas, no se pueden cobrar costes adicionales por la rectificación de errores en el nombre, cuando esta rectificación esté vinculada a un error ortográfico o tipográfico en las contrataciones online. Y tampoco se pueden aplicar costes adicionales por acciones que recaen sobre el consumidor, como la impresión de la entrada, o la recepción y almacenaje de esta en un dispositivo móvil. Si se opta por la recepción postal de la entrada adquirida, cuando esta sea una de las diferentes opciones ofrecidas al consumidor, no se pueden aplicar recargos desproporcionados sobre el valor de impresión y envío.
Campaña de vigilancia
Este toque de atención de Consumo se suma a la campaña nacional de vigilancia del mercado en la que participan las autoridades de Consumo de Baleares, Castilla La Mancha, Murcia y la Comunidad Valenciana, y cuya información centraliza la Dirección General de Consumo. El objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa vigente por parte de los operadores de comercio electrónico y webs de festivales de música en la compra y venta de entradas para espectáculos y conciertos.
La mencionada campaña consiste, entre otras medidas, en la realización de más de 30 controles de inspección oficiales que verificarán si se está respetando la ley y los derechos de las personas consumidoras. Estará activa hasta el 31 de diciembre del 2024. Consumo «emprenderá las actuaciones necesarias, incluida su potestad sancionadora», para la corrección de cualquier práctica que suponga un incumplimiento la normativa