
La norma permite elegir al director xeral con mayoría absoluta
18 mar 2025 . Actualizado a las 20:30 h.El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó ayer la ley que regula los medios públicos gallegos, que entrará en vigor en un plazo de veinte días y por la cual la Corporación de Radio e Televisión de Galicia (CRTVG) cambiará su denominación a Corporación de Servizos Audiovisuais de Galicia (CSAG).
Tras la publicación oficial de la medida, los plazos establecen que la norma, que fue aprobada en el pleno de la semana pasada, entrará en vigor en abril.
Su articulado incluye que en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la misma, la junta general de la corporación, previo acuerdo favorable del Consello de la Xunta, modificará los estatutos para cambiar la denominación de la sociedad y efectuar las demás adaptaciones a los preceptos de la nueva norma.
Asimismo, en el plazo máximo de tres meses (con junio como límite), la mesa del Parlamento de Galicia aprobará, conforme su reglamento, las normas reguladoras del procedimiento para elegir a la persona titular de la dirección xeral y de los miembros del consejo de administración de la Corporación. Este procedimiento garantizará que, antes de expirar dicho plazo, dos grupos parlamentarios o una quinta parte de los miembros del Parlamento puedan solicitar la inclusión en el orden del día del pleno de la elección de los órganos de la sociedad.
Una vez que entre en vigor la modificación de los estatutos sociales prevista, se entenderá que ha expirado el mandato del actual director xeral, Alfonso Sánchez Izquierdo, y de los demás miembros del consejo de administración, que seguirán en funciones hasta la toma de posesión de quienes los sustituyan.
La ley aclara que para la primera elección de los miembros del consejo de administración de la futura CSAG no se tendrán en cuenta los mandatos en que las personas propuestas, en su caso, hubiesen ejercido los mismos cargos cuando la sociedad tenía la denominación de CRTVG.
En cuanto al procedimiento para la elección del próximo director o directora xeral de la CRTVG, se abre la puerta que esta pueda ser elegida por mayoría absoluta.
El texto mantiene como primera opción la vía del pacto (exige en una primera votación una mayoría de dos tercios —50 de los 75 diputados— y tres quintos en la segunda —45 escaños—). Pero una disposición transitoria, en la que se apela a «evitar la indebida prolongación de las situaciones de interinidad», determina la posibilidad de que la elección se haga por mayoría. Esto supone que podrá ser elegido con la mayoría del PP.
Este procedimiento de elección fue uno de los puntos más criticados por el BNG y el PSdeG. Se trata del mismo cambio que se hizo el pasado año en RTVE vía decreto ley cuando el Gobierno central y sus socios rebajaron de una mayoría de dos tercios a una mayoría absoluta el apoyo necesario para la elección de la cúpula del ente público.
Otro de los puntos que han recibido reproches de la oposición ha sido el relativo a la lengua, ya que, si bien la norma estipula que los medios públicos producirán sus programas, contenidos y servicios en gallego se contempla la posibilidad de «usar adicionalmente otras lenguas cuando así lo justifique la finalidad de dar a conocer la identidad cultural de Galicia fuera del territorio de la comunidad».