Procesan a un acusado de maltrato que se cambió de sexo tras ser acusado de emborrachar a su hija menor y agredir a su expareja e hijo

La Voz REDACCIÓN

SOCIEDAD

La mujer denunciante del caso de presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato cuyo supuesto agresor ha cambiado de sexo atiende a los medios de comunicación junto a su abogado, el letrado José Antonio Sires, antes de afrontar un juicio en su contra en un juzgado de Instrucción por una denuncia de su expareja.
La mujer denunciante del caso de presunta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato cuyo supuesto agresor ha cambiado de sexo atiende a los medios de comunicación junto a su abogado, el letrado José Antonio Sires, antes de afrontar un juicio en su contra en un juzgado de Instrucción por una denuncia de su expareja. Rocío Ruz / Europa Press

Candy está en prisión desde el pasado 7 de julio tras su detención para cumplir su condena previa del Juzgado de lo Penal número tres

23 jul 2025 . Actualizado a las 17:46 h.

El Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla ha ordenado continuar por el trámite del procedimiento abreviado las nuevas diligencias incoadas contra Candy, protagonista del caso de supuesta violencia doméstica y de género, lesiones y maltrato, en el cual el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla se inhibió en favor de los juzgados de Instrucción, al alegar el inculpado que se había registrado como mujer; por agredir de nuevo a su expareja y al hijo común de ambos, menor de edad, y proporcionar alcohol a la hija menor que también comparten, que llegó a estar en estado de embriaguez.

Así figura en un auto emitido el pasado 18 de julio por el Juzgado de Instrucción número 15 y recogido por Europa Press, después de que días antes, el 7 de julio, la Policía Nacional detuviese finalmente a Candy, merced a la orden de búsqueda y captura emitida en su contra por el Juzgado de lo Penal número tres, para que cumpla su condena de 15 meses de cárcel firme desde septiembre del 2023, por delitos de quebrantamiento de medida cautelar y de amenazas, en el ámbito de la violencia de género.

Fuentes del caso confirmaban entonces a Europa Press la detención de Candy, así como su ingreso en la cárcel provincial de Sevilla I, al objeto de cumplir la mencionada condena firme de 15 meses impuesta por el Juzgado de lo Penal número tres.

El abogado José Antonio Sires, que representa a la expareja de esta persona y denunciante del caso, ha manifestado que en el nuevo auto del Juzgado de Instrucción número 15 «aporta datos escalofriantes de la agresión sufrida por su víctima y de cómo trató a su hija, hasta el punto de sufrir una intoxicación etílica».

La Justicia rechazó indultarlo en enero

La Justicia le denegó el indulto el pasado mes de enero. Entonces tanto la Fiscalía como el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital sevillana emitieron informes desfavorables al perdón de la pena. El juzgado había emitido una orden de búsqueda y captura en octubre.

En los textos de los informes se argumentaba contra la medida de gracia destacando la «peligrosidad delictiva de la persona penada» y su larga «trayectoria criminal», con «hasta ocho condenas más por diversos delitos, varias de ellas en el ámbito de la violencia de género; así como «numerosos señalamientos» por nuevas causas y la circunstancia de que sobre él pesaba orden de detención e ingreso en prisión por la condena respecto a la cual pide su indulto, al no haberse puesto «a disposición» de la Justicia, según informaba Europa Press.

Además, el juzgado, una vez recibido el informe desfavorable de la Fiscalía para esta petición de indulto, señalaba que no se apreciaban «circunstancias excepcionales» que justificasen un apoyo a la solicitud de indulto, a la que había opuesto también la víctima, que reclamaba que el mandato judicial de ingreso en prisión fuera cumplido «cuanto antes».

El abogado de la denunciante del caso venía avisando de que este cambio de sexo del investigado para pasar a ser mujer suponía «un fraude de ley» para que su caso sea abordado por un juzgado convencional y no por uno de violencia sobre la mujer, con lo que ello comporta en materia de penas; explicaba, además, que esta persona ya había sido condenada previamente.

«No hay duda de que la denunciada tendrá que responder por los hechos relacionados con violencia de género instruidos, enjuiciados y sentenciados con carácter previo al cambio de sexo por aplicación del artículo 46.3 de la ley trans, es decir, anteriores al cambio registral, pero los hechos posteriores producidos tras dicho cambio registral quedarían extramuros del ámbito de violencia de género, siendo calificado como violencia doméstica y, por ende, competencia del Juzgado de Instrucción», resumían entonces desde los tribunales, que descartan el presunto fraude de ley.