Una sentencia pionera tipifica como violencia vicaria matar a un animal de compañía

Agencias LAS PALMAS DE GRAN CANARIA/ EFE

SOCIEDAD

Protesta feminista en Tenerife en repulsa de los feminicidios de 2021.
Protesta feminista en Tenerife en repulsa de los feminicidios de 2021. Europa Press

El juzgado de Violencia sobre la Mujer de Las Palmas condena al acusado a doce meses y un día por maltrato animal y psicológico

24 sep 2025 . Actualizado a las 14:02 h.

El juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a doce meses y un día de prisión a un vecino de la capital grancanaria que, el 13 de septiembre, en presencia de su entonces pareja, arrojó por un risco costero al perro que compartían como mascota —un podenco de cuatro meses—, causándole la muerte.

Según informó este martes el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, la magistrada Auxiliadora Díaz analizó el caso con una «perspectiva de género» que le permitió intervenir en un asunto que, en principio, no sería de su competencia: un delito de maltrato animal. Lo vinculó a un delito de maltrato psicológico previsto en el artículo 153.1 del Código Penal, al considerar que ambos hechos estaban en concurso medial.

En esta línea, la jueza sostiene que aplicar la perspectiva de género «supone entender que estamos ante un caso de violencia vicaria sobre un animal de compañía, cuyo fin era perpetuar la dominación y el control sobre la mujer, reforzando la necesidad de una respuesta punitiva agravada y de medidas de protección eficaces».

Cronología de los hechos

La sentencia declara probado que, en el momento de los hechos, el acusado llamó por teléfono a su pareja y le advirtió: «Voy a matar al perro y después me mato». Acto seguido, se dirigió por el paseo de As Canteras hasta la carretera de O Rincón, adonde acudió la mujer con la intención de recuperar a la mascota.

Ya en el lugar, según consta en la resolución, el hombre le dijo: «No te acerques o tiro al perro y me mato». A continuación, «y con ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su pareja, lanzó al perro por un risco, golpeándose este contra las escolleras, lo que provocó su muerte».

La jueza destaca que, como consecuencia de lo ocurrido, la mujer presentó un cuadro de afectación psicológica que requirió asistencia facultativa inicial, con un tiempo estimado de recuperación de 90 días.

La resolución explica que «la muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico», y subraya que «no se trata de una mera simultaneidad fáctica, sino de una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer».

El fallo es firme, puesto que el acusado admitió los hechos relatados por el fiscal y se conformó con la pena impuesta en un juicio rápido celebrado el lunes 22 de septiembre.