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28 oct 2025 . Actualizado a las 05:00 h.No es la primera vez que el sonido de las campanas genera polémica, pero sí de las pocas que su silencio se ha impuesto por sentencia judicial. Es lo que ha sucedido en Matute, un pueblo de La Rioja de apenas 50 habitantes fijos, que deberá silenciar el tañido del reloj-campanario de la parroquia de San Román tras decidirlo así un juez. En este pequeño municipio chocan desde hace años los intereses del Ayuntamiento, que defiende el peculiar sonido como seña de identidad, y los de una vecina, que reclama su derecho al descanso.
La mujer en cuestión inició su batalla contra el repiqueteo nocturno —una tercera parte de los 170 tañidos diarios, 62.000 al año— en julio del 2022. Desde entonces, ha denunciado en varias ocasiones el excesivo ruido que hay en el interior de su vivienda y ha solicitado que o bien cese el reloj del campanario de noche o que se limiten los decibelios. Se quejó ante la Diócesis de Calahorra, ante el Ayuntamiento de Matute, ante la Administración autonómica y, finalmente, ante el Defensor del Pueblo, sin que se reconociera su situación. En marzo del 2025, un juzgado de lo contencioso-administrativo de Logroño dio la vuelta al caso y declaró que la «inactividad» municipal para corregir la contaminación acústica denunciada constituía «una clara lesión» de derechos fundamentales. El juez condenó al Ayuntamiento a desactivar el funcionamiento nocturno del reloj-campanario desde las 22.00 hasta las 8.00 o a controlar las emisiones acústicas para que no superasen los límites legales. Y aunque en esto dio la razón a la vecina, no consideró que tuviera que ser indemnizada con los 3.000 euros que solicitaba por daño moral, porque cuando trasladó su residencia a la localidad tenía conocimiento de la tradición campanera del reloj.
Ahora la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja le ha reconocido el derecho a percibir los 3.000 euros que solicitaba.