Multa de 90.000 euros a la bodega Terras Gauda por usar un mosto prohibido en la elaboración de vinos de Rías Baixas
AGRICULTURA
 
	
											La empresa sancionada por la Xunta pertenece a la denominación de origen protegida y debía saberlo, dice el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). La bodega considera el fallo «injusto y desproporcionado» y lo recurrirá en el Tribunal Supremo
23 oct 2025 . Actualizado a las 12:59 h.La sección segunda del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) avala la multa de 90.000 euros impuesta por la Xunta en el 2024 a Terras Gauda por usar un producto no autorizado, un mosto, en la elaboración de los vinos de la Denominación de Origen Protegida Rías Baixas. Le impuso tres multas de 30.000 euros cada una por la presencia de mosto concentrado rectificado en los depósitos de polietileno situados en las instalaciones de la bodega. La sala recalca que no se trata de abono orgánico rectificado, como consta en su etiqueta.
Bodegas Terras Gauda indicó en un comunicado que respeta la decisión del TSXG, pero «no compartimos su fallo» y van a recurrir la sentencia en el Tribunal Supremo. «Tras un profundo análisis con nuestro equipo jurídico, lo recurriremos por considerarlo injusto, desproporcionado y no ajustado a derecho, confiando plenamente en una resolución satisfactoria», afirma la empresa.
La sala señala que la bodega, con sede en O Rosal, debía de saber del «carácter prohibido» de sus conductas por pertenecer a dicha denominación de origen protegida. También destaca que la empresa no ha ofrecido «justificación alguna a la existencia del mosto concentrado rectificado, por lo que ha de considerarse que la única finalidad es el aumento del grado de alcohol».
El asunto se destapó en octubre del 2022, cuando unos inspectores de Control de Calidad Alimentaria de la Consellería de Medio Rural acudieron a las dependencias de Terras Gauda y levantaron un acta para averiguar si existía el mosto concentrado rectificado en varios depósitos vacíos. Algunos tenían restos de bitartratos procedentes de la estabilización tartárica del vino. Tomaron más muestras en otras naves con dos depósitos de mil litros cada uno e identificados como abono líquido orgánico concentrado, que fueron precintados. Más tarde, se ordenó destruirlo.
La bodega negó en su día tal fraude y alegó que en otras comunidades autónomas autorizaban el aumento del grado alcohólico y uso de mosto en vinos jóvenes. El TSXG le replica que se trata de una «conducta intencional» y la ve culpable de «prácticas enológicas prohibidas».
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