La Xunta unificará la normativa sobre formación agraria para simplificar y mejorar su gestión
SOSTENIBILIDAD
El nuevo decreto integrará en un único marco la formación en incorporación a la actividad agraria, bienestar animal, fitosanitarios y otras acciones del sector
14 oct 2025 . Actualizado a las 10:14 h.La Xunta de Galicia avanza en la mejora de la formación agraria mediante la unificación, armonización y simplificación de la normativa que regula este ámbito. El Consello del Goberno galego tomó ya razón del inicio de la tramitación de un decreto específico de la Consellería do Medio Rural para reunir en un solo texto la legislación, actualmente dispersa, sobre la participación de las entidades colaboradoras de la Xunta en materia de formación agraria no reglada.
El objetivo es simplificar los trámites tanto para las entidades colaboradoras como para la Administración, con el fin de mejorar la formación que se ofrece a los profesionales del sector agrario gallego. El nuevo decreto permitirá integrar en un marco único cuatro áreas de formación fundamentales: la incorporación a la actividad agraria, el bienestar animal, la aplicación y manipulación de productos fitosanitarios y otras acciones formativas en materia agraria. En todos estos ámbitos, las entidades colaboradoras deberán estar registradas y autorizadas, mientras que la Administración continuará asumiendo las funciones de reconocimiento, homologación, seguimiento y expedición de acreditaciones.
La futura norma definirá qué se considera entidad colaboradora, especificará las especialidades formativas que podrán impartir y detallará las modalidades de enseñanza —presencial, teleformación o aula virtual—. También regulará la homologación de especialidades y modalidades de impartición, así como los requisitos que deben cumplir las entidades para su reconocimiento, homologación y mantenimiento de las acreditaciones. Además, establecerá las causas para la retirada de dichas homologaciones y regulará el registro de entidades colaboradoras, así como la expedición de carnés, certificados, acreditaciones y diplomas cuando se cumplan los requisitos exigidos.
En cuanto a las especialidades formativas, abarcarán materias relacionadas con la agricultura, la ganadería, la industria agroalimentaria y la silvicultura. Incluyen la formación necesaria para la incorporación a la empresa agraria, la actualización y perfeccionamiento profesional del sector agroforestal y la capacitación exigida por la normativa específica. Entre ellas figuran la formación de personas encargadas de la toma de muestras de leche cruda en explotaciones, la manipulación y aplicación de productos fitosanitarios o el bienestar animal del personal de explotaciones ganaderas. Asimismo, las especialidades incluirán materias vinculadas con la capacitación del personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluida la docencia.
