El juzgado alega que la falta de un escrito que autorizaba el pinchazo del móvil de Enrique Pais es una mera irregularidad sin trascendencia
02 jun 2016 . Actualizado a las 11:23 h.La Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra el auto de fecha 29 de febrero de 2016 (confirmado por auto de 23 de marzo) y deniega la nulidad de las escuchas de la Operación Patos que solicitaban las partes y que fueron autorizadas por el juzgado de Instrucción número 7 de Vigo.
La Audiencia confirma la nulidad, por lo que el caso sigue adelante porque no cabe recurso alguno.Según la Audiencia, las intervenciones telefónicas se acordaron en el seno de unas diligencias previas, de cuya existencia tuvo conocimiento el Ministerio Fiscal desde el primer momento.
Sostiene que la falta de constancia en las actuaciones de un acto formal de notificación al fiscal de los autos que autorizan y prorrogan las intervenciones telefónicas, no constituía un defecto constitucionalmente relevante en el control de la intervención, en la medida en que no impidió el control inicial de su desarrollo y cese y no consagraba, por tanto, un «secreto constitucionalmente inaceptable».
Operación
En la Operación Patos, según recuerdan en Europa Press, figuran como investigadas sobre medio centenar de personas, entre ellas, el alcalde de Vigo, Abel Caballero; varios concejales; la exdelegada de la Xunta en Vigo, María José Bravo Bosch; el expresidente de la Diputación de Pontevedra Rafael Louzán; funcionarios; el dueño de la constructora Eiriña, Enrique Alonso Pais (considerado el 'conseguidor' de la trama) y otros empresarios, entre varias personas más.
El juzgado investiga supuestos delitos de corrupción (como prevaricación y tráfico de influencias) relacionados con adjudicaciones de contratos y obras en entidades públicas. Además de la pieza principal de Vigo, se han creado piezas separadas para hechos investigados en Nigrán, Santiago, Ourense, Marín, Ponteareas, y Pontevedra.