Condenan a Stellantis Vigo por discriminar a empleados que estaban de baja al reducir su paga de beneficios
VIGO

La empresa y sindicatos habían recogido esta medida en el convenio que firmaron
09 ene 2025 . Actualizado a las 12:03 h.La paga de beneficios no se puede reducir cuando un empleado está de baja. Esa es la conclusión que se extrae de la sentencia del juzgado de lo social número 2 de Vigo, que acaba de condenar al grupo automovilístico Stellantis por «descriminar» a empleados en situación de incapacidad temporal.
La denuncia partió de la Central Unitaria de Traballadoras (CUT) y declara contraria a la ley las previsiones de reducción de la parte teórica individual de la paga variable de beneficios que establece el esquema de remuneraciones de Stellantis para el periodo 2024-2027 por causar «discriminación directa y, subsidiariamente, indirecta por razón de salud», según recogen Agencias.
Con ello, tanto Stellantis España como Comisiones Obreras, UGT y SIT tendrán que cumplir las consecuencias económicas de esta declaración, ya que la medida fue firmada en el nuevo convenio durante la negociación entre empresas y sindicatos.
La CUT ha celebrado esta decisión judicial, indicando que los convenios no pueden ir en contra de la legislación vigente. «Una discriminación es una discriminación aunque la acepten CC.OO., UGT y SIT», ha subrayado el secretario de la sección sindical de la CUT en Stellantis Vigo, Vítor Mariño.
«Una vez más se pone de manifiesto que el sindicato mayoritario en Stellantis firma acuerdos que van en contra de la legislación y sobre todo que atentan contra los derechos de los trabajadores. Solo tienen en cuenta las necesidades de la empresa, nunca las necesidades de las personas», ha lamentado Mariño. Pese a todo, esta sentencia es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).