El juez del caso Guns N' Roses censura la batalla interna entre los funcionarios del Concello de Vigo
VIGO
Señala los desencuentros entre departamentos no deben afectar a la promotora del concierto; sugiere que se quiso dejar el concierto sin pagar «bajo cualquier pretexto»
01 feb 2025 . Actualizado a las 05:00 h.La sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo por el caso Guns N’ Roses no solo condena al Concello a pagarle dos millones de euros a la promotora del concierto, después de haberse negado. También revela cómo se produjo una batalla entre los funcionarios por librarse de responsabilidades. El magistrado censura en seis ocasiones la descoordinación entre los técnicos municipales.
«Nos parece capital aclarar que los eventuales desencuentros, falta de coordinación entre distintos departamentos municipales alrededor de esta contratación, que se ponen de manifiesto (...) en nada pueden perjudicar a la actora [la demandante, la promotora Sweet Nocturna]», dice el juez.
La reflexión se refiere a la carta de interés que el concejal de Fiestas envió a Sweet Nocturna cinco días después de que se reuniese con Abel Caballero y pactasen el concierto de los Guns N’ Roses. La carta de interés es un documento clave para la condena, porque el Concello ofrecía a la promotora 1,5 millones de euros más IVA y la cesión gratuita de Balaídos si organizaba el concierto de los Guns N’ Roses. Pero la asesoría jurídica del Concello y la mesa de contratación aseguran que nunca conocieron ese documento hasta que la promotora lo mencionó en la reclamación que presentó para cobrar.
Pero el magistrado no se lo cree. La sentencia reproduce correos electrónicos en los que la jefa del servicio de Fiestas consulta con una letrada de la asesoría jurídica la pertinencia de la carta de interés antes de enviarla, en octubre del 2022, ocho meses antes del recital de Balaídos. La letrada incluso urge modificaciones porque, advierte, contiene «previsiones que aparentan ser un precontrato».
La asesoría jurídica, además, forma parte de la mesa de contratación, que fue el órgano que propuso dejar desierto el contrato y, por lo tanto, no pagar nada a la promotora. A esa reunión asistió la titular de la asesoría, Margarita Parajó, una de las pocas funcionarias con habilitación nacional del Ayuntamiento de Vigo. Esta letrada dirigió también la defensa el Concello ante el juzgado de lo contencioso.
La clave del caso está en que el Ayuntamiento primero prometió dinero y después negoció durante meses muchos detalles del concierto: el escenario, el logotipo municipal, el anuncio... hasta que Abel Caballero anunció el concierto en TeleVigo. Todo ello llevaba a hacer un contrato negociado sin publicidad, es decir, concertado directamente con la promotora. Pero después, se transformó en un concurso abierto, al que en teoría se podía presentar cualquier empresa, pero que el juez considera que estaba hecho «a medida» de la promotora de los Guns.
El juez examina informes del Ayuntamiento que evidencian que se prepararon los dos tipos de contratos. Pero son contradictorios. La jefa del servicio de Fiestas admite que avisó a la asesoría jurídica de que se iba a mandar la carta de interés y que también activó a los departamentos de Fomento (por el uso de Balaídos) y Facenda (por el presupuesto). La jefa de contratación reconoce en otro informe el posible contrato negociado.
Pero la secretaría del Concello dice que nunca se hizo un expediente para un negociado y la asesoría jurídica lo reduce a correos informales. «Resulta todo bastante desconcertante», observa el juez en la sentencia.
Y llega a esta conclusión: «Queda patente que no ha habido coordinación entre los distintos departamentos municipales implicados, tampoco simplicidad, ni claridad, ni mucho menos transparencia», sentencia.
El propio magistrado introduce en su resolución una teoría: «Nos asalta la duda en torno a si la finalidad última sería declarar desierto el procedimiento bajo cualquier pretexto, como el empleado de modo absurdo, y así no cumplir con las obligaciones ya adquiridas» con la promotora. El juez dice que no logra disipar la duda, pero el hecho de que la exprese es significativo.