El TSXG confirma la nulidad de la asamblea de los comuneros de Cabral en la que se movió la urna
VIGO

También se invalidó otra consulta llevada a cabo al margen de la reunión
06 abr 2025 . Actualizado a las 19:36 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha confirmado de forma definitiva la nulidad de los acuerdos adoptados por la comunidad de montes de Cabral durante su asamblea de diciembre de 2020. Aquella votación fue polémica porque, al final de la jornada, el presidente, Luis Rodríguez, se llevó a su casa la urna con los votos para su custodia.
El alto tribunal inadmitió el recurso de casación y declaró la firmeza de la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que consideró ilegal el sistema de votación empleado. Durante aquella asamblea se permitió votar en días distintos y mediante fedatarios que recogieron sufragios por los domicilios. La Audiencia concluyó que no se respetaron las garantías legales.
Por otra parte, el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Vigo ha declarado nulos los acuerdos adoptados por los comuneros de Cabral en su asamblea del 25 de junio de 2023, al considerar que el sistema de votación empleado también vulneró la legalidad y los estatutos de la propia comunidad. Las votaciones no se celebraron durante la asamblea, como exige la normativa, sino de forma diferida, los días 29 y 30 de junio y 1 de julio, mediante urnas trasladadas por fedatarios que recogieron votos por los domicilios.
Esa práctica, según el juez, careció de las garantías legales mínimas, ya que no se acreditó la representación válida de muchos votantes ni el control sobre los sufragios. El fallo invalida los acuerdos relativos a la aprobación de las cuentas de 2022, los presupuestos de 2023, actos de disposición, expropiaciones vinculadas al aeropuerto, ordenación del monte y gestión de comuneros.
Postura
Fernando Fernández Molares, portavoz de la candidatura alternativa, señala que la sentencia del TSXG «nos da la razón en todo lo que venimos denunciando en asambleas, la ilegalidad de la convocatoria y el no reconocer a esta junta rectora. Marca un antes y un después de la gestión de la comunidad. A esta junta rectora no le cabe más que presentar la dimisión y nombrar una junta gestora para que convoque elecciones».