
El sospechoso se negó a dar muestras de su ADN porque invadía su intimidad
13 ago 2025 . Actualizado a las 18:11 h.La Audiencia Provincial de Pontevedra ha ordenado la extracción forzosa de una muestra de saliva de un investigado en Vigo por una agresión sexual con penetración a una mujer. El supuesto violador se negó a cotejar su ADN con el semen hallado en el cuerpo de la víctima porque, según él, esa medida invadía su intimidad.
El juez instructor acordó en su día obtener el perfil genético, a través de la saliva, porque el detenido se negó a facilitar muestras de su ADN, guardó silencio al ser interrogado, no dio ninguna versión de lo que había sucedido realmente y solo respondió a su abogado a unas preguntas que, según los magistrados, eran irrelevantes para esclarecer los hechos.
Ahora, la quinta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, está de acuerdo con el juez en hacer esa toma de esa muestra biológica indubitada porque no quedará ninguna duda de que la saliva que el forense le extraiga al sospechoso con un bastoncillo pertenece a él.
La sala recuerda que el sospechoso fue denunciado por un acceso carnal por vía vaginal no consentido. Para la Audiencia es una medida «indispensable» para determinar su perfil de ADN y aprueba que se realice la inspección, reconocimiento o «intervención corporal» más adecuados, respetando los principios de proporcionalidad y razonabilidad, para obtener la muestra biológica.
En su día, el detenido se opuso y dijo que tal extracción forzosa colisionaría con su derecho a la intimidad. Pero la Audiencia le responde que, en este caso, la extracción de saliva es una intervención «no lesiva e inocua físicamente», y la afectación al derecho de la intimidad es «mínima». Lo justifican porque necesitan cotejar el ADN con el recogido en el cuerpo de la denunciante por la médico forense, en las que figuraba semen y células de la piel.
En marzo, el Juzgado de Instrucción número 7 de Vigo recalcó que esa era una prueba de «indudable importancia» para comprobar si la versión de la denunciante era verdad y ordenó la extracción, que recurrió en apelación el detenido.
La Audiencia, en un auto del 29 de mayo, da la razón a la jueza y avala la toma de muestras de saliva aunque haya una injerencia en el derecho de la intimidad del detenido. Razona la sala que existe un fin legítimo y amparado por la Constitución y la Justicia de la UE porque ese análisis está destinado a vincular a una persona determinada con un delito que se sospecha que ha cometido. Por ello, el juez puede autorizar a la policía realizar esas «intervenciones corporales» leves. De todos modos, no hay otra medida alternativa o más moderada.