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El Tribunal Superior respalda el decretazo del alcalde de Gondomar para ponerse un sueldo sin ir a pleno

Monica Torres
mónica torres GONDOMAR / LA VOZ

GONDOMAR

ALEJANDRO MARTINEZ MOLINA

Francisco Ferreira, que gobierna en minoría, se aprobó un salario de 50.000 euros sin informe de la Secretaría

30 mar 2025 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia avala el decretazo del alcalde de Gondomar, Francisco Ferreira con el que el 12 de julio del 2023 aprobó la distribución de competencias y salarios para su gobierno en minoría que firmó. El regidor socialista sacó su propuesta salarial adelante sin la celebración del pleno de organización, con un decreto que carecía de informe de inspección por parte de la Secretaría del Concello, para sorpresa de la oposición. El TSXG ratifica ahora la sentencia que hace un año emitió el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Vigo, tras una demanda del PP. Los conservadores recurrieron al considerar que Francisco Ferreira estaba usurpando las competencias de la corporación municipal. Pero, nuevamente, la razón da la razón al alcalde de Gondomar y le permite ponerse el salario sin pasar por el pleno. En este caso, Francisco Ferreira se puso un salario de 50.000 euros.

El juez ya consideró hace un año que la actuación del alcalde se ajustaba a derecho sin que hiciera falta el informe de Intervención y no pasara por el filtro del pleno porque se mantenía la estructura de organización que se había aprobado en el 2019. El fallo consideraba que las decisiones se prolongaban más allá del mandato, en cuanto no se produjeran otros que las revocara.

El PP alegó defendiendo el criterio de que según el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Reglamento Jurídico de las Entidades Locales, las percepciones han de acordarse mediante acuerdo plenario cada vez que se produzca la renovación de las corporaciones. Según su visión, aunque los importes fueran los mismos, no pueden validarse ni abonarse hasta que haya un nuevo acuerdo plenario tras la toma de posesión de la nueva corporación. Esto dejaba en una situación complicada al PSOE, que gobierna en minoría, con ocho de 17 concejales.

En Gondomar, alegaron los populares, no solo no se convocó ese pleno sino que «no se presentan presupuestos desde el 2012 y el Concello tampoco cumple con la estabilidad financiera en los años 2021 y 2022 según el Consello de Contas de Galicia». Recurrieron que la vigencia del acuerdo plenario del 2019 pueda ser indefinida razonando que, de ser así, ni harían falta decretos, pues bastaría la elección de cargos para que se cobrasen las percepciones, lo que «conculcaría la competencia del pleno, por lo que el decreto es nulo de pleno derecho por no ser el órgano competente». Sostuvieron ante el TSXG que los informes de Secretaría e Intervención sin garantes necesarios de los que se prescindió «omitiendo las necesarias fe pública y el asesoramiento legal preceptivo asó como el control y la fiscalización interna».

El TSXG comparte la sentencia de primera instancia porque, según el artículo 38 del reglamento, relativo a la sesión constitutiva de las corporaciones, no se especifica que haya obligatoriedad de incluirse las cuestiones relativas a salarios, dando así validez al decreto firmado por el alcalde en el 2019.