Indemnizan con 12.000 euros a un vecino que resbaló en un escalón recién fregado de su portal

e. v. pita VIGO / LA VOZ

VIGO CIUDAD

Una limpiadora en los pasillos vacíos de un centro
Una limpiadora en los pasillos vacíos de un centro Óscar Vázquez

La Audiencia de Pontevedra condena a la empresa de limpieza, que no puso un cartel de peligro en el suelo resbaladizo de las escaleras del edificio donde vivía el lesionado

03 jul 2025 . Actualizado a las 04:14 h.

Una empresa de limpieza de Vigo y su aseguradora tendrán que pagar 12.192 euros a un vecino que resbaló en las escaleras del portal de su edificio porque el suelo estaba mojado, ya que poco antes una limpiadora había pasado la fregona. Se lesionó un hombro, entre la clavícula y el omóplato. La Audiencia Provincial, en una sentencia del 21 de mayo del 2025, corrige al juzgado que absolvió a la empresa y da la razón al lesionado porque nadie le avisó del riesgo.

El accidente fue en septiembre del 2022 en el último tramo de las escaleras interiores del edificio. Al parecer, había pasado la fregona un sustituto de la limpiadora habitual, que estaba de vacaciones. El vecino estuvo 295 días de baja y reclamó 14.984 euros de indemnización por daños y perjuicios. Inicialmente, el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Vigo desestimó en el 2024 la petición del lesionado y le condenó a pagar las costas del juicio. Las demandadas negaron cualquier negligencia. Decían que la caída fue fortuita o imprevisible, o bien el hombre caminaba distraído. Recordaron que la limpiadora realizó la tarea que le había encomendado la comunidad de propietarios, que era fregar las zonas comunes del inmueble, por lo que no había nada de inusual o inesperado. El juzgado consideró que no quedó probado que la caída y las lesiones sufridas se hubiesen producido por un actuar negligente de la empleada.

El vecino apeló a la sexta sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo. Dijo que el juez quería que él probase que un trama de escalones estaba más mojado que otro, lo que «se antoja de todo inviable». Añadió que el suelo mojado siempre supone un riesgo para cualquier persona que transite por allí, y el tramo era interior, lo que no permitía visualizar las labores de limpieza. Recordó que la aseguradora, en su día, asumió su responsabilidad y trató de alcanzar un acuerdo por concurrencia de culpas, y le ofreció una indemnización que él vio «arbitraria e insuficiente».

La Audiencia no ve probado que la empresa hubiese advertido de que se estaban realizando esas labores. Limpiar unos escalones no es una actividad peligrosa o de riesgo pero el demandante se cayó tras haberse realizado dicha tarea. La limpiadora habitual ignoraba si su sustituta había colocado un cartel de advertencia. Por ello, la Audiencia concluye que no se puede pedir a los vecinos «que tomen mayores precauciones que las lógicas del deambular por las escaleras del portal donde residen».