Confirman cuatro años de cárcel para un extorsionador que obligó a una mujer a comprarle coches o pedir préstamos
VIGO CIUDAD

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ordena al implicado, miembro de un clan, que pague 23.000 euros a la perjudicada. Le quitó hasta el dinero que ella cobró del seguro por un accidente de tráfico
08 jul 2025 . Actualizado a las 16:38 h.La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado el fallo de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, en el que condenó a cuatro años de cárcel a un miembro de un clan por extorsionar, de forma continuada, entre septiembre de 2020 y febrero de 2021, a una mujer. Tendrá que indemnizarle con 23.322 euros, el dinero que le fue sacando con amenazas y presiones. La víctima se desmayó al finalizar su testimonio en el juicio y declarar: «Me obligaba a darle X dinero al mes, tenía miedo y ganas de llorar, me puso una pistola al cuello».
La sala gallega asegura que la conclusión de culpabilidad a la que llega la Audiencia Provincial es incontestable. Recalca que la víctima partía ya de una vulnerabilidad inicial, tras el tratamiento recibido por una grave depresión que precisó de fuerte medicación, todo lo cual fue «aprovechado por el acusado».
El implicado le exigía 500 euros al mes, se quedó con la indemnización de 17.400 euros que ella cobró por un accidente de tráfico o tuvo que firmar papeles para comprar un coche de 24.000 euros, contratar un nuevo teléfono móvil o pedir un préstamo.
La mujer tenía miedo porque conoció a su chantajista en un descampado, a donde ella acudió con su novio. El acusado le mostró unas pistolas que guardaba en su coche y le dijo: «Te voy a pegar un tiro a ti en la cabeza o te quemo dentro del coche y mataré a tus padres y a tu hija como no me entregues el dinero». Al mismo tiempo mantenía abierta la puerta trasera del vehículo donde se veían dos pistolas.
El acusado alegaba que la mujer se quería vengar porque se sentía despechada porque ambos habían tenido una relación sentimental y él la dejó. El TSXG le replica que «en relación con la tardía versión del acusado de que tuvo una relación sentimental con la denunciante y que esta actúa por despecho, con independencia de la ausencia de cualquier tipo de respaldo a tal versión, no resulta lógico que no manifestase la misma en los momentos iniciales en los que curiosamente se acoge a su derecho a no declarar».