
Siete personas ocuparán el banquillo como imputados por negligencia por la muerte del niño de 4 años en la piscina del colegio Liceo
09 ene 2013 . Actualizado a las 13:02 h.El próximo día 14, cuatro años después del desgraciado suceso que conmovió a toda la ciudad, comenzará el juicio por la muerte del pequeño Diego Novo en la piscina del colegio Liceo. Falleció ahogado durante las clases de natación y tanto su familia como la Fiscalía entienden que no fue un accidente, sino una negligencia. Por eso, en el banquillo de los acusados se sentarán los dos propietarios del centro escolar, el director técnico, el jefe de estudios, el coordinador de las actividades acuáticas, la monitora y el socorrista que aquella mañana vigilaban a los alumnos durante la clase.
Varias pasarelas y puentes de la ciudad aparecieron hace unos días con carteles en recuerdo al pequeño. En algunos se puede leer: «Todos somos Diego» y en otros «Justicia para Diego».
Penas
Los siete acusados se enfrentan a un mismo delito de homicidio por imprudencia grave. No obstante, las penas que la Fiscalía solicita para cada uno de ellos oscilan entre los cuatro años que se piden para las dos personas que vigilaban la piscina y los tres para los empresarios, el director y el coordinador de piscina. Pese a que la jueza instructora también apreció indicios del mismo delito en la actuación del jefe de estudios, la Fiscalía no lo acusa de nada.
Sí lo hace el abogado José Luis Gutiérrez Aranguren, que representa a los padres del fallecido. Estima que tanto el jefe de estudios como el resto de los encausados deben cumplir la misma pena, cuatro años de reclusión. Entiende además que los dos cuidadores de la clase de natación desatendieron el área de baño y no hicieron recuento de los alumnos una vez salieron del agua. En cuanto a todos sus superiores, los acusa de no haber velado por la seguridad de los escolares a su cargo y no exigir el cumplimiento «a rajatabla» de las medidas existentes.
En un auto de la Audiencia se recuerda que «del examen de las actuaciones parece desprenderse que de algún modo el niño se introdujo en el agua y permaneció en ella fuera del control de la monitora y del socorrista», apunta el documento. «Y ciertamente en el presente caso -?continúa el texto de los magistrados- llama la atención que el socorrista de la piscina efectúe labores de monitor colocando burbujas y retirándolas y sobre todo acompañando a los niños a las duchas y entrando con ellos». De haber permanecido en su puesto, el «fatal desenlace» podría no haberse producido. Con ello, sin embargo, los jueces no cargan una mayor responsabilidad al socorrista, sino que la trasladan a la persona encargada de decidir que este tuviera que cumplir tareas ajenas a su actividad original. «De algún modo, podría haber responsabilidades de la persona a la que correspondiera asegurar que el socorrista no hiciera actividad alguna que pudiera suponer una desatención de todo el perímetro de la piscina».
Al tribunal le «sorprende», además, la coordinación de las personas que están en la piscina y del protocolo, «pues solo se pasaba lista a los niños antes de entrar al agua, pero no al salir».
Por último, el tribunal destaca que los propietarios del centro «pudieron haber vulnerado el papel de garantes asumiendo así una flexibilización de la seguridad de los niños».
Los dueños siempre lamentaron profundamente la desgracia y, a través de su abogado, reconocieron que hubo una «negligencia por descuido». No se puede negar, insistieron, que «la trágica muerte se produjo por una lamentable y desafortunada inadvertencia cuando el crío se encontraba bajo la protección y cuidado del centro escolar».