Anticorrupción desoye la presión del indulto y pide que Griñán entre ya en prisión

La Voz AGENCIAS

ESPAÑA

José Antonio Griñán (derecha) antes de declarar en el Tribunal Supremo.
José Antonio Griñán (derecha) antes de declarar en el Tribunal Supremo. BENITO ORDOÑEZ

El expresidente andaluz está pendiente de que el Gobierno decida si le concede la medida de gracia por razones de «humanidad y equidad» para sortear los seis años de cárcel por el caso de los ERE

04 nov 2022 . Actualizado a las 16:53 h.

La Fiscalía Anticorrupción ha remitido un escrito a la Audiencia Provincial de Sevilla en el que se opone a suspender la ejecución de la pena de prisión al expresidente andaluz José Antonio Griñán entre el 2009 y el 2013, condenado a seis años por el caso de los ERE fraudulentos, mientras se tramita su indulto.

La Audiencia de Sevilla había pedido al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas, como el Partido Popular, que se pronunciaran sobre la entrada en prisión de Griñán y de otros ocho ex altos cargos de la Junta de Andalucía, caso de José Antonio Viera o Carmen Martínez Aguayo, mientras se resuelven las medidas de gracia para evitar la cárcel.

El Tribunal Supremo confirmó el pasado julio la condena a Griñán por el uso irregular de las subvenciones autonómicas para los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) a empresas en crisis cuando era consejero de Hacienda. El exdirigente socialista fue castigado a seis años de cárcel por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos, además de 15 años de inhabilitación para empleo o cargo público.

Ahora será el tribunal juzgador de la Audiencia de Sevilla el que tenga que decidir sobre la solicitud de Anticorrupción, para lo cual no hay un plazo fijado. La familia de Griñán, de 76 años, registró el indulto ante el Ministerio de Justicia el pasado 1 de septiembre y argumentó que lo hacía «expresamente por razones de humanidad y equidad».

Una petición al Ejecutivo que viene respaldada por más de 4.000 adhesiones de personas de diversos ámbitos. De Vicente Del Bosque a Miguel Ríos, pasando por José Luis Garci, Felipe González, Javier Cercas, Cándido Méndez, Amelia Valcárcel, Ángel Viñas, Iñaki Gabilondo, José Luis Rodríguez Zapatero, Josep Borrell o Joaquín Leguina. Pero también expolíticos del PP como el exeurodiputado Eugenio Nasarre o el histórico dirigente andaluz Juan Ojeda.

Argumentos de la Fiscalía

En un escrito de seis folios dirigido a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, los fiscales anticorrupción delegados de Sevilla defienden la entrada ya en prisión de los condenados en la pieza política de los ERE con varios argumentos. Afirman que en estos casos se valora si se han vulnerado derechos por dilaciones indebidas (retraso) en el procedimiento. Una circunstancia que no ha sucedido y que no ha tenido repercusión en la aplicación como atenuante de la pena.

Del mismo modo, explican que en este caso las penas de prisión «no son lo suficientemente largas» -entre tres y casi ocho años- para que se pueda estimar que la posible concesión del indulto «no se vea frustrada por el inicio de las ejecuciones». Sobre la naturaleza de estos delitos, recuerdan los fiscales que el Supremo en su sentencia de los ERE recoge que estamos ante una forma más de «corrupción política» en el caso de la malversación, el delito que conlleva prisión. Mientras que la prevaricación afecta al ámbito del poder público.

Igualmente, exponen a la Audiencia de Sevilla que el Supremo ya ha dicho que la suspensión de la ejecución de la pena se debe aplicar en casos «excepcionales», ya que prima el interés público para que las sentencias firmes se cumplan. Por último, recuerdan que la Fiscalía General del Estado ya se ha manifestado sobre los criterios para informar o no favorablemente sobre un indulto.

Destaca la fechas de los hechos (en el caso de los ERE el período del 2000 al 2009), la efectiva y acreditada rehabilitación del penado, la situación laboral, los antecedentes policiales y judiciales, la satisfacción de la responsabilidad civil , la edad, la salud y el perjuicio personal si no se suspende la ejecución de la pena. En este punto el Ministerio Público sostiene que si se trata de penas cortas «habrá que tener un criterio más generoso que si se trata de penas de mayor duración».