El Superior recusa a los tres jueces que iban a juzgar el caso «Prestige»

alberto mahía A CORUÑA / LA VOZ

GALICIA

JOSE MANUEL CASAL

Los aparta porque entiende que participaron en la instrucción del caso

20 mar 2012 . Actualizado a las 17:19 h.

El abogado del Estado y la Fiscalía entendían que tres de los jueces de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, que será la encargada de juzgar el caso Prestige, debían ser recusados porque participaron en la instrucción, posicionándose en aspectos como la prisión provisional del capitán Mangouras o su auto de procesamiento, entre otras intervenciones. Llevaron el asunto al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y este acaba de darles la razón. Así que Ángel María Judel, José María Sánchez Jiménez e Ignacio Picatoste no podrán ser los magistrados que lleven las riendas de un proceso que no tiene fecha y, ahora, tampoco jueces. Habrá que buscarlos. Esa es la tarea que ocupará al alto tribunal gallego en los próximos días.

La base de la recusación está sustentada por la causa undécima del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que niega a los magistrados su presencia en un juicio tras «haber participado en la instrucción de la causa penal o haber resuelto el pleito o causa en anterior instancia». El Tribunal Superior de Xustiza entiende que Ángel Judel participó en calidad de ponente en el auto que resolvió el recurso de apelación sobre la prisión provisional del imputado Mangouras y que los tres magistrados dictaron otro auto en el año 2009 por el que se resolvió el recurso de apelación del capitán del buque contra el auto de imputación y apertura del juicio oral dictado por el Juzgado de Corcubión. Ahí también se resolvía sobre la revocación del sobreseimiento provisional decretado con respecto al imputado José Luis López-Sors, director general de la Marina Mercante cuando se produjo el desastre del Prestige.

Garantía para los procesados

Por si fuera poco, otro aspecto importante que llevó al Tribunal Superior a la recusación es la propia aceptación de los magistrados con respecto a la tesis de la Fiscalía, que no del abogado del Estado. Mucho menos de la asociación Arco Iris, que siempre defendió que fuesen estos jueces y no otros los que asumieran el juicio. No trata el alto tribunal de tachar de parciales a los jueces recusados, sino de garantizar a los procesados que van a ser juzgados por personas que nunca han tenido contacto con la causa ni participado en la investigación o en la instrucción. Echa mano del Tribunal Europeo, que defiende la imparcialidad total del tribunal, pues «lo que está en juego es la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos en una sociedad democrática», que solo se consigue «mediante la eliminación de cualquier sospecha objetiva de imparcialidad».

La Abogacía del Estado fue extremadamente dura con la posición mantenida por los recusados. Sobre todo la decisión de declarar nulo el sobreseimiento del único alto cargo que permanecía imputado. El letrado del Estado criticó en su día la «carga valorativa» del auto que suscribieron los tres magistrados, que emplearon expresiones como «rumbo suicida» o «error clamoroso» para calificar el alejamiento del Prestige, un aspecto clave para juzgar el caso que genera gran controversia entre los expertos y sobre el que se emitieron múltiples informes periciales. La Abogacía del Estado fue más allá en la calificación de la semántica usada por los magistrados. Aseguró que en el auto existen «juicios ofensivos», «comentarios burlones» y «descalificaciones personales», lo que «compromete gravemente la más elemental imagen de imparcialidad».