La Junta electoral reconoce «dificultades» en la ley para que los emigrantes voten

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Señala la insuficiencia de plazos establecidos por la ley o el funcionamiento de los servicios postales de otros Estados

04 may 2015 . Actualizado a las 16:30 h.

La Junta Electoral Central (JEC) ha reconocido que existen «dificultades», que emanan de la propia Ley Orgánica del Régimen Electoral General, para que los emigrantes españoles y nacionales que residen temporalmente en otros Estados puedan ejercer con normalidad su derecho al voto.

Así lo pone de manifiesto la JEC en un acuerdo que ha hecho llegar a Izquierda Unida, después de que la formación interpusiera el pasado 21 de abril una solicitud-denuncia para que este organismo arbitral actuara para «remover todos los obstáculos que dificulten la tramitación y el ejercicio del derecho de sufragio en las elecciones autonómicas». En su escrito la JEC señala a la «insuficiencia de los plazos establecidos en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, particularmente en los casos en los que se presentan recursos contra los acuerdos de proclamación de candidaturas,» como una de «las principales dificultades para la efectividad de la recepción en tiempo hábil del voto de los electores inscritos en el CERA y de los electores temporalmente residentes en el extranjero».

Además, la JEC apunta a los «problemas derivados del funcionamiento de los servicios postales de otros Estados» y explica que estas dificultades están reflejadas en sendos informes emitidos por la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, y por la Oficina del Censo Electoral. Finalmente, según la formación política liderada por Cayo Lara, «este acuerdo de la Junta Electoral Central viene a confirmar lo que Izquierda Unida advierte desde hace años».

Sin voto en las municipales

Como ocurrió por primera vez en los comicios municipales de hace cuatro años, los españoles residentes en el extranjero no podrán ya emitir su voto, al establecerse la residencia dentro del territorio estatal como condición para ser elector en los procesos electorales locales. La reforma introducida a finales del 2010 acabó con su participación en la elección de las corporaciones locales e implantó el voto rogado para los emigrantes en las demás consultas.