¿Podré usar el móvil en el coche?

José Manuel Pan
josé manuel pan REDACCIÓN / LA VOZ

GALICIA

Álvaro Vaquero

El teléfono está totalmente prohibido mientras se conduce. La nueva ley será aún más restrictiva con su uso

13 nov 2018 . Actualizado a las 10:40 h.

No. Esa es la respuesta genérica a la pregunta que se haga un conductor al enterarse de las modificaciones que traerá el próximo carné por puntos y que duplicarán el castigo por manipular el teléfono mientras se conduce. Pero no hay que olvidar que conducir utilizando el móvil sin un sistema de manos libres ya está prohibido ahora y está castigado con la pérdida de 3 puntos y una multa de 200 euros.

¿Qué cambiará con la nueva ley?

El cambio más destacado es el aumento de la sanción por usar el móvil «sosteniendo o sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil conduciendo». Esa infracción costará 6 puntos y su redacción apunta directamente a la utilización del móvil para enviar o recibir wasaps o para revisar el estado de las redes sociales.

¿Por qué la nueva norma dice sosteniendo o sujetando el móvil?

Esa es la más clara referencia a que los responsables de Tráfico están dispuestos a terminar con el envío de wasaps mientras se conduce. Sosteniendo o sujetando con la mano es la postura más habitual de quienes envían mensajes a través del teléfono. De hecho, esa es la forma más empleada por los conductores infractores para intentar ocultar sus movimientos con el teléfono. Los expertos saben que con esa maniobra es muy difícil que los agentes de Tráfico puedan saber si un conductor está manipulando el móvil.

¿Se pueden hacer llamadas?

Sí, pero solo si el coche tiene instalado un sistema de manos libres en el que no sea necesario manipular el teléfono. De hecho, esa es la única manera de usar legalmente el teléfono mientras se conduce, aunque todos los estudios que maneja la DGT recomiendan no usar el móvil ni siquiera de esa forma ya que la utilización del teléfono móvil provoca tres tipos de distracciones en una. Se trata de la visual, cuando los ojos leen la pantalla del móvil o del sistema manos libres del coche. La segunda es la cognitiva, en la que la mente está ocupada elaborando un mensaje o prestando atención a una conversación. Y por último, la manual, en la que los dedos van tecleando letras o marcan números y el conductor aparta las manos del volante.

¿Se pueden usar auriculares o manipular el navegador?

Nunca, mientras se conduce un vehículo. En la nueva ley, la Dirección General de Tráfico añade el apartado referido al uso del móvil sujetándolo con la mano, castigado con 6 puntos, pero mantiene las mismas prohibiciones que hay ahora respecto al uso del teléfono por parte de los conductores. El catálogo de sanciones por infracciones incluidas en el carné por puntos mantiene la retirada de 3 puntos por «conducir utilizando cualquier tipo de casos de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido, u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, o utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil».

Tráfico castigará con más dureza el envío de wasaps desde el móvil

Retirará seis puntos por usar el teléfono sosteniéndolo o sujetándolo con la mano

josé manuel pan

«Utilizar, sosteniendo o sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil conduciendo». Esa acción supondrá la pérdida de seis puntos cuando se lleve adelante la reforma del permiso de conducir que ha diseñado la Dirección General de Tráfico. Así se recoge en el anteproyecto de ley que está sobre la mesa del Ministerio del Interior, al que ha tenido acceso La Voz, y que modificará el texto de la Ley de Tráfico en lo que se refiere al permiso por puntos. El referente al uso del móvil es el principal cambio, ya que actualmente la ley solo se refiere a la conducción «utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil», acción que ya castiga con la retirada de tres puntos. La normativa vigente no detalla cómo es esa «utilización», por la sencilla razón de que en el momento de su redacción no estaban popularizados los mensajes de WhatsApp, que actualmente son el principal motivo de distracción en la carretera y un quebradero de cabeza para los responsables de Tráfico. Las sanciones por infracciones referidas al uso del cinturón de seguridad, el casco y a los excesos de velocidad son otras que endurecerá la nueva ley. Tráfico señala que son actitudes «que quedan claramente identificadas como los comportamientos más reprochables en materia de seguridad vial».

pérdida de seis puntos

Acabar con las distracciones. Tráfico destaca en la exposición de motivos de la ley que los cambios referidos a las infracciones se centran en lo que los expertos en seguridad han identificado como «los comportamientos más peligrosos en la actualidad», y que son los que acarrearán un aumento en la retirada de puntos. Explica que se agrava la pérdida de créditos, que pasa de tres a seis, en los casos de utilización del teléfono móvil «sosteniendo o sujetando el dispositivo», para diferenciarlo de otros supuestos de utilización con dispositivos embarcados en los vehículos, que quedarán igual que ahora, con la pérdida de tres puntos. En ese apartado entra la manipulación de navegadores, de sistemas de comunicación o del teléfono móvil, siempre que no sea «sosteniendo o sujetando el dispositivo», que serían seis puntos. La DGT advierte en el texto de la nueva ley que «las distracciones constituyen ya la principal causa de accidentes con víctimas, siendo la utilización del teléfono móvil la principal causa concurrente». Con este cambio se equipara el uso del móvil sujetándolo con la mano a la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, a la presencia de drogas en el organismo o a la conducción temeraria. 

pérdida de cuatro puntos

No usar el cinturón de seguridad o el casco. Este es otro de los cambios destacados que se recogen en la redacción de la nueva ley elaborada por el equipo de Pere Navarro. Se eleva de tres a cuatro la retirada de puntos para los conductores que no utilicen correctamente el cinturón de seguridad o los sistemas de retención para menores (las sillitas infantiles). El elevado número de conductores que infringen esta norma sorprende a los expertos en seguridad vial, sobre todo porque está demostrada la eficacia de esos dispositivos de seguridad en caso de accidente y porque muchos vehículos incorporan alertas sonoras que se activan si el conductor o los pasajeros no se han abrochado el cinturón. La misma sanción, con la retirada de cuatro puntos, se aplicará a los motoristas que no usen el casco de forma correcta.

excesos de velocidad

Más castigo en las carreteras convencionales. En la nueva ley elaborada por la Dirección General de Tráfico se recogen también cambios en las sanciones por excesos de velocidad, que se aplicarán fundamentalmente en las carreteras convencionales, donde ocurren alrededor del 80 % de los accidentes mortales y en las que la DGT quiere reducir de 100 a 90 km/h el límite máximo de velocidad. Las modificaciones previstas en la reforma de la normativa del carné por puntos se aplicarán solo en los límites de 90 y de 100 y consisten en la reducción de 30 a 20 km/h del tramo de exceso en el que empiezan a perderse 2 puntos. Así, por ejemplo, en un tramo de carretera limitado a 90 se perderán puntos a partir de 111. Ahora, esa sanción se aplica a partir de 121 km/h. Lo mismo sucederá en los tramos de carretera que estén limitados a 100.

Dos años sin infracciones para poder recuperar pérdidas parciales de puntos

El nuevo texto unifica en dos años el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos, de forma que desaparecerá la distinción existente entre los dos años sin sanciones que se exigen ahora cuando hay infracciones graves y tres cuando son muy graves.

La futura ley recoge que, transcurridos dos años sin cometer infracciones que impliquen pérdida de créditos, el conductor que haya perdido puntos recuperará el saldo inicial de 12 puntos.

El titular de un permiso de conducción que haya perdido una parte del crédito inicial asignado podrá recuperar hasta un máximo de ocho puntos, por una sola vez cada dos años, realizando y superando un curso de sensibilización y reeducación vial. Los conductores profesionales podrán realizar ese curso con frecuencia anual. La duración de esos cursos de sensibilización tendrán una duración máxima de 15 horas.

La DGT advertirá a las empresas cuando sus conductores pierdan el carné

Otra de las novedades que incluye el anteproyecto de la reforma del carné por puntos es el de la habilitación de un sistema telemático por el que la DGT comunicará a las empresas de transporte de personas o de mercancías las declaraciones de pérdida de vigencia de los conductores profesionales que tienen a su cargo.

Se trata de que, cuando Tráfico suspenda el permiso a un conductor profesional, la empresa para la que está trabajando tenga conocimiento de la sanción e impida que el trabajador conduzca un vehículo de transporte de personas o de mercancías. También se establecerá un sistema para que las empresas puedan saber si sus conductores están en situación legal.

Bonificación de 2 créditos para los que hagan cursos de conducción segura

Explica la DGT que, frente al agravamiento de las sanciones por las infracciones que considera más peligrosas, se apuesta por cauces «para mejorar el comportamiento de los conductores a través de cursos». Por una parte, con el aumento de puntos recuperables con la realización de cursos de sensibilización, que pasarán de seis a ocho, y por otra con la realización de cursos de conducción segura que se han popularizado en los últimos años. Hacer un curso de este tipo, que ofrecen clubes de conductores, asociaciones o entidades aseguradoras podría estar bonificado con dos puntos. Tráfico cree que estos cursos «deben ser una oportunidad para reciclar a los conductores que, aunque no hayan cometido infracciones graves, quieren mejorar su conducción».