La instrucción del caso Alvia se salda con 80 delitos de homicidio por imprudencia grave

Pablo González
Pablo González REDACCIÓN

GALICIA

Acuerda el sobreseimiento para el exdirector de Seguridad en la Circulación de Renfe y otro cargo territorial del ADIF, así como para los tres técnicos de la empresa pública de ingeniería Ineco

13 dic 2018 . Actualizado a las 16:29 h.

El juez del caso Alvia ha dado el segundo carpetazo a la instrucción del accidente ferroviario de Santiago. Si en el primero la perspectiva era ir a juicio con el maquinista como único imputado -algo que impidió la Audiencia Provincial de A Coruña-, esta vez Francisco José Garzón Amo estaría acompañado en el banquillo por Andrés Cortabitarte, el que era director de Seguridad en la Circulación del ADIF cuando se puso en servicio la línea de alta velocidad Ourense-Santiago. Les imputa a ambos 80 delitos de homicidio por imprudencia grave profesional, así como 144 delitos de lesiones. Las partes pueden ahora recurrir el auto, elaborar sus escritos de acusación o solicitar diligencias complementarias, para lo que tienen un plazo de diez días.

El juez Andrés Lago Louro acuerda el sobreseimiento provisional de cinco cargos que estaban imputados. El más llamativo es el caso del exdirector de Seguridad en la Circulación de Renfe, Antonio Lanchares, responsable de pedir la desconexión del sistema de seguridad ERTMS embarcado en el Alvia. Pero también el de Fernando Rebón Sartal, gerente del área de Seguridad en la Circulación del noroeste del ADIF, a pesar de que la Audiencia coruñesa confirmó su imputación recientemente. Más esperado era que no se procesara finalmente a los tres técnicos de la empresa de ingeniería pública Ineco, Laura López, Salvador Arriaga y Jorge Merino, encargados de evaluar los sistemas de seguridad de la línea y a quienes no les encargaron analizar la curva de Angrois.

El juez considera que el maquinista fue responsable de una «imprudencia grave» derivada de una «conducción negligente» causada por una llamada del interventor, «dependiendo de la exclusiva responsabilidad del maquinista la decisión de finalizar la comunicación». El conductor descuida la atención debido a una llamada que dura 100 segundos -algo más de cinco kilómetros- que le hace perder las referencias en la vía, especialmente el lugar donde solía iniciar la reducción de la velocidad, la señal E´7 situada unos cuatro kilómetros antes del punto de descarrilamiento. Para el juez, «la causa directa, inmediata, que decididamente desencadenó el desgraciado accidente fue el exceso de velocidad derivado de una conducción negligente».

En paralelo, y un plano de igualdad de responsabilidad, el juez culpa al entonces responsable de Seguridad en la Circulación del ADIF, Andrés Cortabitarte, de que no existiera un procedimiento de evaluación de riesgos «que fuera respetuoso con las exigencias de la normativa aplicable» y que debe aplicarse «de forma constante durante todo el ciclo de vida de un proyecto, inclusive cuando este experimenta algún cambio o modificación significativa que pueda tener incidencia en la seguridad de la circulación».  Es decir, considera que era necesario evaluar el riesgo cuando se decidió modificar el proyecto dejando sin ERTMS unos ocho kilómetros de trazado antes de la estación de Santiago, incluida la curva de Angrois, pero también cuando algo más de un año antes del accidente se decidió desconectar el ERTMS embarcado en el Alvia.

«Dicho riesgo se incrementaba si tenemos en cuenta que dicha modificación dejaba desprotegida la curva de A Grandeira, lugar donde existía una transición significativa de velocidad que, de esta manera, quedaba confiada, en exclusiva, a que el maquinista del tren respetase la señalización de la vía y el cuadro de velocidades del tren que tenía a su disposición, sin que existiera ningún otro elemento de seguridad que conjurase el riesgo de fallo humano», se asegura en el auto de 63 páginas remitido este lunes a las partes. Según el auto que pone fin a una instrucción judicial que ha durado casi cinco años y medio, por parte del ADIF «no se hizo todo lo posible para mitigar el riesgo que finalmente desembocó en el resultado finalmente producido», un descarrilamiento a 179 por hora en una curva limitada a 80 que provoca 80 muertos y 144 heridos.

Para explicar el sobreseimiento de Antonio Lanchares, exdirector de Seguridad en la Circulación del ADIF, Lago Louro argumenta que su responsabilidad se ceñía al material rodante y a la formación del maquinista, «y no consta que hubiera incurrido en incumplimiento normativo o técnico alguno». La «incorrecta» valoración del riesgo por fallo humano, aduce el juez, «compete en exclusiva al ADIF».Como prueba, aporta que Lanchares no podía desconectar por sí solo el ERTMS del Alvia, sino que debía solicitar la aquiescencia de Cortabitarte como máximo responsable de seguridad del ADIF. 

Por la misma razón se deja libre de cargos a los tres técnicos de Ineco, empresa pública que actuó como evaluador independiente. Además, su cometido ni siquiera «abarcaba el lugar donde acaeció el siniestro». Aunque la defensa del ADIF intentó descargar sobre ellos la responsabilidad de detectar los peligros de la línea, «mal podía realizar su cometido Ineco cuando en el marco de su contratación no se incluía el tramo en que ocurrió el accidente».

Sobre Fernando Rebón Sartal, gerente del área de Seguridad en la Circulación del noroeste del ADIF, el juez cree que carecía de competencias en el ámbito de la evaluación de riesgos y no aparece en ningún documento relacionado con este ámbito.

La representación legal de la plataforma de víctimas del Alvia prevé recurrir el auto de cierre de la instrucción judicial para que se sienten en el banquillo junto a Cortabitarte el exjefe de seguridad de Renfe, Antonio Lanchares, y el gerente del área de Seguridad en la Circulación del noroeste del ADIF, Fernando Rebón. El sentimiento de los afectados por el descarrilamiento era este lunes agridulce. Jesús Domínguez, presidente de la plataforma, valoró positivamente que Cortabitarte vaya al banquillo, pero cree que Lanchares «debe responder por no haber atendido el aviso del peligro de la curva del jefe de maquinistas de Ourense». Además, le toman la palabra al ministro de Fomento, José Luis Ábalos, que se comprometió a relevar de su cargo a Cortabitarte si se abría juicio oral contra él, al tiempo que piden al ministro que los vuelva a recibir.

El abogado del maquinista, Manuel Prieto, no está tampoco conforme con la desimputación de Lanchares y Rebón, pero su posición en el procedimiento le obliga a centrarse en el escrito de defensa de Garzón Amo. Son las acusaciones -tanto las víctimas como la Fiscalía- las que pueden recurrir el auto para solicitar que más eventuales responsables se sienten en el banquillo.

En el ámbito político también ha habido reacciones. La eurodiputada del BNG, Ana Miranda, lamentó este lunes que el juez instructor del accidente del Alvia haya cerrado la fase de instrucción «sen investigar a fondo as causas do accidente» e imputando solo al maquinista y al exresponsable de seguridad del ADIF.