Portugal abordó el velero de Carlos Silla cargado con 4.666 kilos de cocaína amparándose en tratados internacionales

GALICIA

Velero abordado por la Policía Judiciaria y la Armada de Portugal con dos gallegos, un peruano y 4.666 kilos de cocaína a bordo.
Velero abordado por la Policía Judiciaria y la Armada de Portugal con dos gallegos, un peruano y 4.666 kilos de cocaína a bordo. Policia Nacional

En la segunda vista del juicio contra el arousano y los otros dos procesados, otro arousano y un ciudadano de Perú, la Policía Judiciaria lusa explicó que su velero se consideró un barco pirata por lucir nombre falso y bandera de otro país

01 oct 2022 . Actualizado a las 05:00 h.

Los arousanos Carlos Silla y Xavier Fontán y el peruano Jorge Humberto Guerrero comparecieron en Lisboa durante la segunda vista del juicio por los 4.666 kilos de cocaína decomisados a bordo del velero G-Siro. Integraban la tripulación que en octubre del 2021 estaba en aquel barco cuando fueron abordados por la Armada de Portugal y la Policía Judiciaria lusa.

A mayores, declararon como testigos el resto de funcionarios de este cuerpo policial y del Centro de Análisis y Operaciones Marítimas en materia de Narcotráfico (Maoc) que participaron en el operativo marítimo y en la posterior investigación.

Los relatos expuestos revelan que el abordaje se amparó en tratados internacional de las Naciones Unidas para frenar el narcotráfico transoceánico. Los investigadores expusieron el funcionamiento de estos acuerdos a medida que respondían a las preguntas de las defensas.

El velero, de nombre real G-Siro, lucía una placa falsa con un nombre de los Países Bajos, igual que la bandera, que tampoco cuadraba con la documentación del velero. Esto, prosiguieron los funcionarios, otorga -según el artículo 110 del derecho de mar de la Naciones Unidas- la posibilidad de abordar un barco al considerarse pirata, tanto si navega en aguas territoriales como internacionales. En el caso del velero G-Siro, se encontraba a unas 210 millas de la costa, cuando el límite para acceder a aguas internacionales se fija a 200.

Los investigadores añadieron que el procedimiento solo otorga a la Armada, en este caso de Portugal, el derecho de abordaje. Ya el acceso de los agentes de la Policía Judiciaria se basa en otra normativa de Naciones Unidas; concretamente en el artículo 17.9, que posibilita acuerdos entre países para frenar el tráfico de estupefacientes.

Es por eso, explicaron los testigos, que una vez que la Armada estaba a bordo del velero y se constató la presencia de numerosos fardos y la presencia de dos ciudadanos españoles, se contactó con las autoridades españolas para solicitar autorización para el acceso de un agente policial para iniciar el registro. España, añadieron los testigos, dio luz verde al acceso de un inspector de la policía para corroborar la ilegalidad de lo hallado a bordo y, posteriormente, trasladar el velero a un puerto luso para realizar el registro del barco más detallado.

La defensa de Carlos Silla insistió, igual que durante la primera vista del juicio, en su petición de anular el juicio para celebrarse en España. Principalmente por la posición del barco en el momento del abordaje, dijeron, más cerca de España que de Portugal. También influye el hecho de que Silla y Guerrero estuvieran fugados en aquel momento por otro alijo de cocaína de 3.200 kilos de cocaína decomisado en el 2020 en la ría de Arousa y que será juzgado en los próximos meses en la Audiencia Provincial de Pontevedra. Pero esta solicitud ya fue rechazada, durante la instrucción, por instancias judiciales superiores de Portugal. A mayores, la defensa de Silla solicitó que sea otro tribunal diferente al actual el que enjuicie a los tres acusados. Alegó desconfianza sobre la imparcialidad de los tres jueces que integran el tribunal.

De juzgarse en España, y de salir culpables los tres procesados, las penas de cárcel serían menores al implicar mayor castigo la legislación lusa.