El TSXG confirma la condena de 14 años y medio de prisión a un padre que agredió sexualmente a su hija en Lugo

André Siso Zapata
André S. Zapata LUGO / LA VOZ

LUGO

Fachada del TSXG.
Fachada del TSXG. PACO RODRÍGUEZ

Los hechos se prolongaron desde el 2015 hasta el 2023. Tendrá que pagar, además, una indemnización de 30.000 euros

02 oct 2025 . Actualizado a las 18:03 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena de 14 años y medio de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo a un padre por un delito continuado de agresión sexual con abuso de superioridad sobre su hija, menor de 16 años, así como por dos delitos de maltrato en el ámbito familiar. La Sala de lo Civil y Penal del TSXG ha desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por el condenado, confirmando así la resolución de primera instancia.

La sentencia considera probado que el condenado, aprovechándose de su condición de progenitor, comenzó las agresiones sexuales en el año 2015, cuando la víctima contaba con tan solo nueve años de edad. Los hechos se prolongaron en el tiempo hasta septiembre del 2023.

Según los hechos probados de la sentencia, el procesado iniciaba los abusos besando a la menor en los labios. A medida que la víctima crecía, cuando contaba con 12 o 13 años, el procesado le realizaba tocamientos en sus zonas íntimas y le pedía lo mismo. Posteriormente, a los 13 o 14 años, el condenado agravó sus comportamientos.

Casi a diario

Estas agresiones se repetían «todas las semanas, varios días a la semana» en el salón o en la habitación de la menor, tanto de noche mientras el resto de la familia dormía, como de día cuando se encontraban solos en el domicilio. La sala destaca que la Audiencia Provincial consideró creíble el testimonio de la víctima, un punto que el TSXG ratifica en su sentencia.

El recurso de apelación del condenado se centró en la errónea valoración de la prueba, cuestionando la «presunción de veracidad» del relato de la víctima y alegando «motivos espurios» en la denuncia. Sin embargo, el TSXG desestima esta argumentación, señalando que el tribunal de instancia valoró la persistencia del relato de la víctima en sede policial, ante el Juzgado de Instrucción, las psicólogas del Imelga y el plenario.

El TSXG subraya que el tribunal de instancia apreció circunstancias corroborativas, como la existencia de relaciones sexuales previas al examen ginecológico y la apreciación de las psicólogas de que la versión de la menor era creíble y coherente con «síntomas ansioso depresivos de origen reactivo y adaptativo y síntomas de estrés postraumático así como ideación suicida».

Además de la pena de prisión, la condena impone al padre la prohibición de aproximarse a su hija a menos de 200 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio durante 19 años. Asimismo, se le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores durante ese mismo plazo y la medida de libertad vigilada por ocho años. En concepto de responsabilidad civil, el padre deberá indemnizar a la víctima con 30.000 euros.