Más del 98 % de los usuarios sigue sufriendo estas comunicaciones, a pesar de que la normativa cambió en junio del 2023
18 sep 2024 . Actualizado a las 12:40 h.El 98,3 % de los consumidores continúa recibiendo llamadas comerciales no solicitadas. Eso es lo que dicen los datos que Facua hacía públicos el pasado mes de julio. Y es que, a pesar de este tipo de llamadas se prohibieron hace más de un año, el 29 de junio del 2023, estas comunicaciones siguen presentes en los teléfonos de prácticamente todos los españoles.
En este estudio, en el que han participado 4.053 consumidores, queda reflejado que el 68,1 % de los participantes había recibido más de cinco llamadas comerciales al mes durante el período de estudio.
¿Qué cambió hace un año?
Desde el pasado 30 de junio del 2023, quedó totalmente prohibido realizar llamadas con fines comerciales, salvo que exista un consentimiento expreso por parte del usuario.
La Ley General de Telecomunicaciones se creó precisamente para limitar esa invasiva forma de venta. La norma contempla «sanciones ejemplares» para las compañías que incumplan la ley (hasta 100.000 euros).
¿Por qué siguen?
El hecho de que esas llamadas sigan existiendo, muchas veces a deshora -aunque estas llamadas antes de las 9.00 horas o después de las 21.00 ya estaban prohibidas-, realizadas desde diferentes comunidades autónomas e incluso otros países -no están permitidos los números ocultos-, tiene que ver en muchas ocasiones con que el usuario haya dado su consentimiento sin darse cuenta o haya cedido sus datos a un tercero para recibir llamadas de telemárketing sin ser tampoco consciente de ello. De ahí la importancia de leer los derechos y condiciones antes darle a aceptar.
Otra de las razones es directamente porque las compañías incumplen la normativa.
¿Cuándo me pueden llamar?
Se conozca o no que se ha dado consentimiento, las llamadas telemárketing están permitidas cuando se ha dado ese permiso o si se es cliente de la compañía en cuestión, «siempre que sus datos de contacto se hayan obtenido de forma lícita y se trate de publicidad de productos o servicios similares a los que tiene contratados. Ahora bien, también deberán ofrecerle la posibilidad de oponerse a recibir llamadas comerciales a través de un medio sencillo y gratuito», dice Facua.
«Para que la empresa pueda justificar su interés legítimo en hacerte llamadas comerciales debes haber tenido una relación previa con ella habiendo adquirido sus productos o servicios y, además, los que quiera ofrecerte deben ser similares a los que hubieras contratado anteriormente», dice la Agencia Española de Protección de Datos.
Es decir, otras entidades, aunque sean del mismo sector, no pueden llamarte.
Se contempla además que si la relación contractual ya no está en vigor y el usuario no ha interactuado con la empresa en cuestión, tampoco pueden llamar a sus antiguos clientes.
Hay una excepción para las empresas de telecomunicaciones: pueden llamarte en los siguientes doce meses si has sido cliente para hacerte nuevas ofertas.
Además, se están dando casos en los que las comunicaciones vienen de otros países. La normativa solo se aplica en España y las compañías pueden contratar su servicio de telemárketing fuera de nuestras fronteras.
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¿Quién llama más?
Por sectores, y según el estudio de Facua, los servicios de los que los consumidores han recibido un mayor número de llamadas no solicitadas han sido en primer lugar las telecomunicaciones, con un 73,5 %, seguido por los energéticos (71,8 %).
Los últimos puestos de la lista los ostentan el sector de seguros, con un 25,1 %, seguido de las llamadas para ofrecer alarmas (6,4 %) y para préstamos (5,9 %), que ocupan el último lugar.
¿Qué hago para reclamar?
Aquellos usuarios que reciban llamadas comerciales sin haberlas consentido pueden acudir a la web de la Agencia Española de Protección de Datos, donde se puede poner una reclamación. Previamente se puede llamar para recabar toda la información y contar con asesoría.
La otra opción más conocida es la Lista Robinson, el más famoso sistema de exclusión publicitaria. Todas las empresas que hacen campañas comerciales están obligados a consultarla. En base a esto, de nuevo la misma teoría: solo pueden llamarte empresas a quienes les hayas dado el consentimiento y, claro, en la mayoría de los casos el usuario no es consciente de que esa acción haya tenido lugar.
Al margen de todo esto, hay quien directamente toma la medida de bloquear las llamadas entrantes consideradas spam. Android, iOS, pero también múltiples apps lo permiten.
Derecho de oposición
Si un usuario ya está recibiendo una comunicación comercial que no le interesa, tiene además otra opción. Cuando se produce esa llamada, al inicio, el teleoperador debe informar de la identidad de la firma desde la que llama, indicar que la finalidad es comercial, pero también de la posibilidad que tiene el interlocutor de revocar el consentimiento o ejercer el llamado derecho de oposición.
También se puede entrar en la web de las compañías para revocar ese consentimiento que se ha dado en algún momento.
Los consumidores, contra los contratos de las «telecos»
Hace apenas un mes, el Gobierno anunció que se prohibirá la contratación de la luz por teléfono salvo que sea iniciativa del consumidor. También la publicidad. Una motivación que llega tras el aumento de estafas por esta vía.
De forma inmediata, la OCU mostró su apoyo a la prohibición de la contratación de la electricidad y el gas por teléfono, pero pedía que se ampliase a otras empresas, como las de telefonía porque son «fuente de todo tipo de abusos».
Según una reciente encuesta de la Organización de Consumidores y Usuarios, nueve de cada diez consumidores reciben llamadas comerciales no solicitadas y, a menudo, con reiteración: el 40% recibe más de seis llamadas al mes, especialmente de compañías energéticas, pero también de telefonía.
Por ello, según recuerda la organización, ya exigieron a la Agencia de Protección de Datos que iniciara labores de control, vigilancia y, llegado el caso, impusiera «sanciones ejemplares».
También denuncian «la falta de transparencia» en la información que se transmite a los consumidores. La misma encuesta de OCU revela que en muchos casos no se sabe quién está llamando: una de cada cinco llamadas incumple directamente la normativa, ya que el teleoperador no identifica a la empresa para la que trabaja.
Además, alerta de que es habitual que los comerciales argumenten «falsamente» que el usuario está pagando tarifas muy elevadas, que se las van a subir o que cambia la ley y le va a salir más cara.