Condenan a un vecino de Oroso que había difundido sospechas de ser secuestrado por su expareja
SANTIAGO

La sentencia señala que cometió intromisión ilegítima en su honor y de otra persona y debe indemnizarlos con 12.000 euros
18 feb 2023 . Actualizado a las 13:21 h.La desaparición de un vecino de Sigüeiro en julio del 2017, que fue localizado en Vigo días después, cerró el capítulo judicial abierto tras expresar públicamente Amancio Veiga Noya sus dudas de que pudiese haberse tratado de un secuestro en el que podrían estar relacionados su expareja y quien él definía como compañero de ella. Ambos lo demandaron después por intromisión en el derecho a la intimidad y al honor, y el juzgado nº 2 de Ordes dictó sentencia en mayo del 2019 que declaraba que Veiga Noya cometió intromisión ilegítima en el honor de A. M. S. G. y de N. R. B. «que afecta a su reputación y buen nombre, desmereciéndola gravemente en la consideración ajena». Lo condenó además a indemnizar a cada uno de ellos con 6.000 euros, cantidad a la que deben sumarse los intereses correspondientes. El demandado apeló ante la Audiencia Provincial, que confirmó el fallo del juzgado ordense en junio del 2020 y le impuso además las costas. Aún acudió al Tribunal Supremo, que ya no admitió su recurso de casación, finalizando así el caso. Un año más tarde, los dos demandantes solicitaron ante el juzgado ordense la ejecución de sentencia.
Sentencia que señala que el condenado afirmó «veladamente, y cuidándose de no hacerlo de manera explícita» que su expareja y el que señalaba como su compañero «podrían ser los autores de su supuesto secuestro. Evidentemente tales expresiones lesionan la dignidad de los demandantes, menoscabando su fama y atentando contra su propia estimación», al punto de que declararon «soportar comentarios del tipo ‘ahí viene la secuestradora o el secuestrador’», recoge la sentencia emitida por el juzgado ordense.
Añade que el vecino de Sigüeiro condenado tiene derecho a pensar lo que quiera «como bien afirmó, indicando que cree que ellos lo secuestraron, pero emitir públicamente tal juicio de valor supone una vulneración del derecho al honor de los demandantes que excede de la libertad de expresión». La sentencia incide, por otra parte, en que cuando el demandado realizó sus declaraciones «ya sabía que había estado ingresado en un hospital [en Vigo] durante alguno de los días de su desaparición (como se deriva de la documentación médica unida a estos efectos al procedimiento) lo cual no le impidió difundir públicamente su sospecha de haber sido secuestrado por los demandantes», pese a ser un relato sin base.
Visitas a Urgencias en Vigo
El abogado de los demandantes, José Manuel Piñeiro, subraya que «la sentencia de primera instancia deja claro que las manifestaciones vertidas en los medios de comunicación por el demandado no reflejaban el ejercicio de un derecho a la información ni a la propia opinión, sino que excedían de dicho ámbito, para producir una intromisión ilegítima en el honor de mis clientes». Destaca que al confirmar la sentencia en apelación, la Audiencia Provincial «incide en que el demandado había estado durante su ausencia de cuatro días en Vigo, causando hasta tres altas en el servicio de urgencias del Hospital Cíes, lo que lleva a la desestimación con imposición de costas de su recurso».