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O Courel y Cervantes, pioneros en la regulación de los montes de varas

Francisco Albo
francisco albo QUIROGA / LA VOZ

AGRICULTURA

Un momento de la reunión informativa sobre los montes de varas celebrada en Paderne do Courel
Un momento de la reunión informativa sobre los montes de varas celebrada en Paderne do Courel CEDIDA

Organizan en estos municipios las primeras charlas informativas sobre este tipo de propiedad

09 abr 2024 . Actualizado a las 09:40 h.

En los municipios de Folgoso do Courel y Cervantes se celebraron el pasado fin de semana dos reuniones informativas con vecinos con el objetivo de explicar cómo llevar a cabo la regularización de los llamados montes de varas, un tipo tradicional de propiedad compartida diferente de los montes comunales. Los encuentros, que son los primeros de esta clase en Galicia, fueron organizados por la Asociación Galega de Custodia do Territorio (AGCT) dentro del proyecto Caprif —Comunidades activas y paisajes resilientes a incendios forestales y cambio climático—, que coordina la fundación Juana de Vega y que cuenta con el apoyo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

En las reuniones participaron vecinos de las localidades de Paderne do Courel y Piornedo —en Cervantes—, donde existen montes de varas. Esta figura define un tipo de montes privados en régimen de copropiedad que está especialmente presente en la provincia de Lugo. El 92,31% de los 52 montes de varas existentes en Galicia se encuentran en territorio lucense. Los demás están las provincias de Ourense —donde hay tres— y A Coruña, donde solo existe uno. La diferencia con los montes comunales es que la propiedad es de régimen proindiviso y se puede transmitir en herencia o vender. «En cambio, nos montes comunais a propiedade está asociada ás casas habitadas e non se pode dividir nin vender», explican desde la AGCT. «O problema é que na maioría dos casos a documentación que se conserva sobre os montes de varas está moi desactualizada e iso dificulta a xestión destas terras e os trámites legais relacionados con elas», añaden.

Decreto de regulación

El pasado 7 de febrero, el Diario Oficial de Galicia publicó un decreto de la Consellería de Medio Rural mediante el que se regula el régimen jurídico y el registro de los montes de varas. Las charlas que organiza la AGCT tienen por finalidad informar a los vecinos sobre esta nueva legislación y sobre el proceso que deben seguir para actualizar y regularizar este tipo peculiar de propiedad. «Os encontros do Courel e Cervantes foron unha primeira toma de contacto e máis adiante organizaranse outras reunións deste tipo nos demais municipios onde existen montes de varas», señalan desde la asociación.

El objetivo último de esta iniciativa —dicen asimismo los representantes de la AGCT— es «avanzar na regularización xurídica da propiedade comunal dos montes de varas e así mellorar a gobernanza ambiental destes espazos de alto valor natural». Una vez que se haya completado este proceso, agregan, será más sencillo desarrollar actuaciones para el aprovechamiento de estos terrenos, para la conservación de sus valores ambientales y para la protección contra los incendios forestales.

En los encuentros que organiza la AGCT participan los miembros de un gabinete jurídico que proporcionan información y asesoramiento a los vecinos. Desde la entidad apuntan que el proceso de regularización de los montes de varas «pode levar moito tempo, incluso anos, porque nalgúns casos haberá que buscar nas árbores xenealóxicas para determinar a quen corresponde hoxe a propiedade deses terreos».

Una figura basada en el derecho romano que contará con un registro propio

La denominación de montes de varas, según la Consellería de Medio Rural, se debe a que a los copropietarios se les asignaban tradicionalmente los terrenos que les correspondía desbrozar midiéndolos por varas, una antigua medida de longitud de algo menos de un metro. Otros nombres que daban a este tipo de propiedad eran los de montes de abertal —porque los terrenos estaban abiertos, no delimitados por cercas—, de voces o de fabeo. Este régimen de propiedad, apuntan desde la Xunta, tiene sus raíces en el derecho romano, mientras que los montes en mano común se basan en el derecho germánico.

La Lei de Montes de Galicia, promulgada en junio del 2012, define la naturaleza de estas propiedades y prevé la creación de un registro. El decreto de Medio Rural pretende desarrollar su régimen jurídico y regular su funcionamiento «como sección diferenciada dentro do sistema rexistral forestal de Galicia», apunta la consellería, que añade que los terrenos pueden tener usos forestales, agrícolas o ganaderos.

Mínimo de 15 hectáreas

Para que se puedan constituir comunidades de propietarios de montes de varas, según la legislación, es necesario que los terrenos tengan al menos 15 hectáreas de extensión. Esta condición, indican desde la AGCT, se cumple con creces en los casos de Piornedo y Paderne do Courel. «En Piornedo o monte de varas ten cerca de oitocentas hectáreas e en Paderne ten entre trescentas e catrocentas», explican.