COAG advierte que los nuevos requisitos de la PAC aumentan las trabas par acreditar el derecho al uso de fincas
AGRICULTURA
La organización agraria reclama al Ministerio una normativa más flexible que tenga en cuenta la realidad del minifundio y las zonas despobladas y que muchas cesiones de terrenos se realizan de forma verbal
24 oct 2025 . Actualizado a las 09:01 h.La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) ha mostrado su preocupación por las modificaciones introducidas por el Real Decreto 916/2025 en materia de disposición de parcelas, advirtiendo de que la nueva normativa puede convertirse en un obstáculo para miles de productores que trabajan tierras en zonas rurales despobladas.
El Real Decreto 916/2025, de 14 de octubre, modifica el artículo 40 del Real Decreto 1047/2022, que regula el sistema de gestión y control de las intervenciones de la Política Agraria Común (PAC), endureciendo los requisitos para que los agricultores y ganaderos acrediten el derecho al uso de las fincas de su explotación.
Desde COAG señalan que esta exigencia «desconoce la realidad de amplias zonas del territorio nacional», especialmente en minifundios, tierras marginales, pastos y zonas despobladas, donde los acuerdos verbales entre propietarios y usuarios son habituales. «En la mayoría de estos casos no existe documentación que acredite este derecho porque la formalización se realiza mediante acuerdos verbales que, frecuentemente, no conllevan contraprestación económica o esta es muy escasa, incluso en especie», explica la organización agraria. «El propietario también se beneficia de este aprovechamiento al mantener las parcelas limpias y cuidadas, evitando que el monte y la maleza las inunden», ha indicado Andoni García, responsable de Organización de COAG.
La organización advierte además de que la situación se agrava en territorios donde, tras el fallecimiento del titular original de las parcelas, resulta imposible contactar con los herederos o no existe información sobre su identidad, muchos de ellos situados en la denominada España vaciada.
El aspecto que genera mayor alarma, según COAG, es la nueva exigencia para las solicitudes de derechos de ayuda básica a la renta procedentes de la reserva nacional, que obligará al solicitante a aportar documentación que acredite que todas las parcelas están a su disposición, sin aplicar un umbral mínimo de tamaño. «Sería muy lamentable que esta exigencia pudiera disuadir a jóvenes con intención de instalarse en estas zonas tan despobladas», advierte García, quien insiste en que «esta ausencia de acreditación documental no es culpa del agricultor o ganadero, sino de las circunstancias que concurren en estas zonas rurales y que les impiden obtenerla».
COAG reconoce la necesidad de prevenir el fraude detectado en algunos casos, cuando beneficiarios declaraban parcelas sin autorización del propietario. Sin embargo, lamenta que se haya eliminado la referencia que permitía a las Comunidades Autónomas establecer un tamaño mínimo de parcela —de dos hectáreas— por debajo del cual no era necesario realizar estos controles. «Lamentablemente y de forma contradictoria, esta referencia se ha eliminado en la nueva redacción», afirma la organización, que considera que se trataba de «una solución sencilla para un problema complejo».
En base a estas consideraciones, COAG solicita una flexibilización de la normativa que se adapte a la realidad del campo español y a la estructura del minifundio, permitiendo a las autoridades competentes ajustar los controles a las circunstancias de cada territorio y «no haciendo imprescindible la aportación de contratos firmados o recibos bancarios».
