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Pesca eleva la cuantía que cobrarán los armadores por paro temporal

Somos Mar REDACCIÓN / LA VOZ

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Incorpora en la fórmula de cálculo una prima por lucro cesante que varía según el segmento de flota al que pertenezca la embarcación

02 ene 2024 . Actualizado a las 04:49 h.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el miércoles los nuevos baremos para calcular lo que cobrarán los armadores como indemnización por la paralización temporal de su barco. Hasta ahora se aplicaba la cuantía recogida en el real decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, que desarrollaba el acceso a las ayudas del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera. Pero ese texto se correspondía con la programación del 2014 al 2020, cuando entre el 2021 y el 2027 lo que está en vigor es el Fondo Europeo Marítimo de Pesca y Acuicultura (Fempa), por lo que es preciso actualizar el baremo para el cálculo del importe de las ayudas «dado el tiempo transcurrido desde su aprobación y los cambios habidos en el entorno económico».

Además de revisar al alza la prima por coste fijo (dependiendo del segmento de flota de que se trate), se le sumará otra por lucro cesante. Así, la cuantía será el resultado de multiplicar los días de paralización por la suma de lo estipulado por lo que se ha dejado de ganar al día (va desde los 31,73 de la bajura hasta los 171 euros del cerco) y la cantidad de coste fijo multiplicada por los GT (toneladas de arqueo del barco). Esa prima fija varía entre los 5,33 del pincho y anzuelo a los 20,1 de la bajura.