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España ratifica el Tratado de Alta Mar

Somos Mar REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

ANGEL MANSO

Entrará en vigor el próximo 17 de enero

08 nov 2025 . Actualizado a las 04:45 h.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el instrumento de ratificación del acuerdo en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional, que se conoce por el Tratado de Alta Mar o BBNJ, por sus siglas en inglés. Se trata del instrumento jurídico vinculante del que la comunidad internacional se ha dotado para proteger los océanos de las actividades humanas. Un compendio de normas complementarias a la Ley del Mar que sientan las bases para la explotación de los recursos genéticos marinos, incluida la participación justa y equitativa en los beneficios; incorpora medidas como los mecanismos de gestión basados en áreas, incluidas las áreas marinas protegidas; impone las evaluaciones impacto ambiental para gestionar y mitigar posibles impactos adversos y preservar el medio marino y asegura la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina. 

Para conseguir esos objetivos, el acuerdo BBNJ se guiará por varios principios. El de que quien contamina paga es el primero, así como el del patrimonio común de la humanidad y la libertad de investigación científica marina. También abraza el de equidad y la distribución justa y equitativa de los beneficios, el de precaución, el enfoque ecosistémico e integrado del océano y el uso del mejor conocimiento científico disponible, respetando y usando, eso sí, los conocimientos tradicionales pertinentes de los pueblos indígenas y las comunidades locales, cuando se disponga de ellos y respetando sus derechos.

Cambio climático

La búsqueda de la resiliencia de los ecosistemas incluso frente a los efectos adversos del cambio climático y la acidificación del océano es otro de los principios que guiarán a las partes contratantes, que se comprometen a evitar la transferencia, directa o indirecta, de daños o peligros de una zona a otra y la no transformación de un tipo de contaminación en otro al adoptar medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino. Asimismo, se reconocen las circunstancias especiales de los pequeños Estados insulares en desarrollo y los países menos adelantados y de los que están en vía de desarrollo.

Y la pesca, ¿dónde queda? De momento, donde estaba, pues el tratado recoge que las disposiciones no se aplicarán a «la pesca regulada por el derecho internacional pertinente y las actividades relacionadas con la pesca», esto es, en zonas regladas por organizaciones regionales de pesca (ORP) ni a los peces u otros recursos marinos vivos que se sabe que han sido capturados en actividades pesqueras en alta mar, salvo que se vayan a emplear como recursos genéticos.

Cuestión aparte son esas áreas marinas protegidas, por las que sí se verán afectadas y que está previsto que aumenten hasta un 30 %.

Tras la publicación este viernes en el BOE, el tratado en vigor para España el 17 de enero.