Abogados de Pesquerías Nores creen que el fallo que condena al seguro desmonta la tesis de la investigación civil sobre el naufragio del Villa de Pitanxo
SOMOS MAR
Sostienen que la sentencia del Mercantil de Pontevedra aclara que ni la supuesta escora permanente ni la navegación en zona de hielos, entre otras cuestiones, tuvieron que ver en el naufragio
26 nov 2025 . Actualizado a las 20:55 h.Los representantes legales de la empresa armadora del Villa de Pitanxo confirman que lo que ya ayer comunicó el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG): que la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra en el procedimiento civil seguido entre Pesquerías Nores Marín contra las aseguradoras del pesquero «ha devenido firme y definitiva».
En la lectura que los abogados de la compañía, el fallo desmonta la tesis de la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes Marítimos (Ciaim) sobre las causas del naufragio del pesquero que naufragó el 15 de febrero del 2022 a 250 millas de Terranova cobrándose la vida de 21 personas. Así, consideran que «la mayor parte de las cuestiones que, tras nada menos que casi cuatro años de deliberaciones, suscita la Ciaim como causas contribuyentes al accidente fueron resueltas definitivamente en dicha sentencia». Se refieren a argumentos como la navegabilidad del buque; las supuestas obras ilegales, con tanques de combustible no aprobados; la pretendida escora permanente a babor; las deficiencias de calado; la navegación en zona de formación de hielos y su conexión con el siniestro o la pretendida falta de protocolo del cierre de la tolva de desperdicios.
Según la representación de Nores, Amya Abogados, la sentencia «se apoya en una larga serie de documentos y pruebas, testificales y periciales, tanto de particulares como de cargos públicos», entre los que cita al funcionario de la Capitanía Marítima de Vigo que inspeccionó el buque para la renovación de certificados justo antes de la marea del siniestro, al práctico que prestó servicio al pesquero a su salida de Vigo, a la sociedad de clasificación Bureau Veritas... A su entender, todas esas declaraciones «ponen contundentemente de manifiesto la falta de base de las conclusiones establecidas en el informe», al tiempo que certifican «que el pesquero estaba en perfectas condiciones de navegabilidad, que no existían obras no autorizadas ni sobrecarga, los calados eras correctos y en el momento del siniestro no había hielo, entre otras cosas», concluyen.
Las familias
Fuentes de las familias de las víctimas del naufragio aclararon que no forman parte de este procedimiento, estrictamente mercantil, «que nada ten que ver coa causa que se está instruindo na Audiencia Nacional», explicó María José de Pazo, portavoz del colectivo.
De Pazo hizo hincapié en que el Juzgado de lo Mercantil de Pontevedra que analizó la demanda de Nores contra las tres aseguradoras que pretendían eludir el pago alegando supuestos fallos e incumplimientos en la operación del barco no disponía del informe «da baixada ao barco nin das gravacións dos drons submariños que si ten a Audiencia Nacional, nin das declaracións dos tripulantes do Praia de Menduíña, o barco que rescatou aos tres supervivientes e varios cadáveres dos mariñeiros».
Ambos procedimientos judiciales, en su contenido, es cierto que difieren en lo referido a las diligencias de investigación. En el juzgado mercantil solo intervinieron la Armadora y sus aseguradoras, y trató únicamente acerca de la cobertura del accidente por estas últimas. En el juzgado mercantil tampoco testificaron muchos testigos que han declarado en la Audiencia Nacional, como el superviviente Samuel Koufie y los tripulantes del barco Playa de Menduiña, quienes aseguraron en la Audiencia Nacional que el patrón del pesquero fue cambiando de versión tras hablar con los armadores y antes de llegar a Terranova para regresar a España.
Tampoco figuran en el juzgado mercantil las imágenes de la bajada al pecio ni el informe de los peritos judiciales designados por el Juez de la Audiencia Nacional. Tampoco el Informe de la Ciaim, que fue emitido con posterioridad a la sentencia del juzgado de Pontevedra. En este asunto, la armadora se opuso a la suspensión del juicio mercantil solicitada por las aseguradoras por la existencia de la investigación en la Audiencia Nacional con el argumento de que ambos procedimientos no tenían relación. La armadora también rechazó que se incorporara el informe de la Ciaim al procedimiento por el mismo motivo.